La jueza penal de Garantías Diana Carvallo decretó hoy la rebeldía de Marcos Antonio Báez González, luego de que mismo no se presentara ni justificara su inasistencia a una audiencia preliminar. La diligencia fue convocada en la causa por supuesta resistencia, perturbación de la paz pública y lesión grave en grado de tentativa, iniciada en el año 2021, en la que también estuvo procesado el expresidenciable Paraguayo Cubas Colomés.

A su vez, Báez fue beneficiado con la suspensión del procedimiento a cambio de realizar una donación a una entidad de beneficencia, entre otras reglas de conducta.
Sin embargo, tras reportarse el incumplimiento de la donación, el juzgado dispuso la continuidad del proceso y convocó a Báez para una audiencia que debió realizarse hoy, pero que se suspendió por inasistencia del procesado.
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Convocatoria a audiencia preliminar por celular, radio y hasta por la Policía
En su resolución, la magistrada destaca que el ujier del juzgado penal de Garantías N° 5 a su cargo remitió la notificación correspondiente vía Whats App al número que Marcos Báez proporcionó en ocasión de su procesamiento, pero no tuvo respuesta.
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Ante la referida situación, el Juzgado ordenó se libre a la Comisaria Jurisdiccional donde el procesado ha fijado domicilio, e igualmente libró oficio a Radio Nacional del Paraguay para la notificación al incoado vía edicto, conforme lo previsto en el Art. 158 del Código Procesal Penal.

“La Acordada de la Corte Suprema de Justicia N° 319/2004 en sus art 1°, 2° y 3°, la Acordada N° 308/2004 y su ampliatoria Acordada N° 1057/2016 en concordancia con el Art. 77 del Código Procesal Penal, establecen las pautas para optimizar el funcionamiento de los Juzgados Penales de Garantías, a los efectos de evitar la suspensión de las audiencias fijadas, requisitos que deberán cumplir los procesados al otorgar sus datos personales, domicilio, número telefónico y mantenerlos actualizados con el fin de recibir las correspondientes notificaciones personales o por uso de la tecnología, advirtiendo que en el caso de incumplirlos u otorgar información falsa sobre sus datos, son pasibles de sanciones establecidas en nuestra legislación interna; conforme lo establece el Manual de Buenas Prácticas para los Juzgados Penales de Garantías y los demás Auxiliares de Justicia", agrega la jueza.
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Imputación por resistencia y otros delitos
Esta causa se inició a raíz del incidente ocurrido en la tarde del miércoles 7 de abril del 2021 en el microcentro de Asunción entre el exsenador Paraguayo “Payo” Cubas y policías de la Fuerza de Operaciones Policiales Especiales (FOPE).
El exlegislador criticó el uso de una camioneta del Ministerio del Interior supuestamente para fines particulares y decidió quitar la llave del vehículo y exigir que el propio ministro Arnaldo Giuzzio fuera a retirarla. Hubo forcejeo con agentes policiales y caos vehicular en el episodio, razón por la cual Báez fue imputado por la fiscala Luz Guerrero por supuesta lesión grave en grado de tentativa, además de los delitos de resistencia y perturbación de la paz pública.
A su Vez, Payo Cubas fue procesado por supuesta resistencia y perturbación de la paz pública, pero posteriormente fue desinculado del caso.