La jueza de Garantías Especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía fue confirmada en el caso “A Ultranza Py”, tras el rechazo de la recusación presentada por la defensa de Gianina García Troche, pareja del uruguayo sindicado como narcotraficante Sebastián Marset Cabrera, quien continúa prófugo de la Justicia.
La decisión fue adoptada por el Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, Segunda Sala, integrado por los camaristas Arnulfo Arias, Camilo Torres y Paublino Escobar, a través del Auto Interlocutorio N° 96 dictado este lunes 4 de agosto de 2025.
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En su recusación presentada bajo patrocinio de los abogados Luis Samaniego Correa, Daniel Garcete y Osvaldo Arrúa, la procesada en el caso A Ultranza argumentó un incidente de nulidad de actuaciones, alegando sobre una situación indefinida, ante la expectativa de que se haga lugar a su pretensión que anhela sea favorable a sus intereses.
Al respecto el tribunal de alzada concluyó que los motivos alegados por la defensa “no existen aún y no pueden justificar su intención de separar a la jueza”, y resaltó la utilización en exceso y de manera abusiva de los mecanismos procesales para obstruir el trámite normal previsto en la ley; por lo que advirtió a los abogados de García Troche, que ante nuevas presentaciones dilatorias, la jueza de Garantías deberá aplicar sanciones disciplinarias establecidas en el Artículo 114 del Código Procesal Penal.
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Delito atribuido a Gianina García se mantiene
Por otro lado el Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, Segunda Sala, confirmó la resolución del juzgado de Garantías que rechazó los incidentes de cambio de calificación del hecho punible que la Fiscalía atribuye a Gianina García y del desdoblamiento de la causa por presunto lavado de dinero proveniente del narcotráfico, que afronta la pareja de Marset.
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En su apelación la defensa argumentó que la jueza de Garantías Rosarito Montanía, al rechazar los incidentes planteados, “dejar de lado el trato igualitario y discriminar a la procesada Gianina García Troche con severas sanciones disciplinarias en su lugar de reclusión; se aparte además de la ley más benigna como también al aplicar una ley “especial” dejando de lado la normativa actual Art. 196 del Código Penal; y que al no dar el beneficio de ley más favorable la magistrada también transgrede normas internacionales”, según resalta parte del escrito presentado.
Los camaristas Arnulfo Arias, Camilo Torres y Paublino Escobar concluyeron, por unanimidad, que la modificación de la calificación requerida por la defensa, en relación al presunto lavado de dinero proveniente del narcotráfico, no se halla amparada en alguna situación fáctica que justifique la pretensión del apelante y la investigación en contra de la prevenida se describe puntualmente en el acta de imputación formulada por el fiscal antidrogas Deny Yoon Pak, sobre la que deberá basarse la investigación y ejercer la defensa sus derechos.
En cuanto al desdoblamiento del proceso pretendido por la defensa, el tribunal de alzada resalta que el juzgado de Garantías ha fundado su rechazo señalando que dicha figura no existe en nuestro ordenamiento jurídico, y si bien el tipo legal descrito en el Art. 44 de la Ley 1340/88, es un hecho punible autónomo e independiente; y que no existe irregularidad alguna en la decisión de la magistrada.
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Hechos por los que se investiga a la pareja de Marset
Según la Fiscalía de Paraguay, Gianina García constituyó una sociedad para asegurar el disfrute de las ganancias obtenidas del tráfico internacional de drogas y abrió una cuenta para lograr la circulación de dinero ilícito en el sistema financiero.
En noviembre de 2023 se confirmó que la notificación roja que pesaba sobre ella fue borrada momentáneamente por agentes de la Policía Nacional de Paraguay, lo que habría permitido que García Troche pueda trasladarse de un lugar a otro por un periodo breve de tiempo.
El pasado 25 de abril, la Audiencia Nacional de España dispuso la entrega de García a las autoridades paraguayas luego de que haya sido rechazada la solicitud de asilo planteada por su defensa en el país europeo.
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En el marco del proceso en Paraguay, la expectativa de pena para los hechos atribuidos a García Troche, quien cumple prisión preventiva en la cárcel militar de Viñas Cue; es de entre 5 y 25 años de pena privativa de libertad.