El plazo para que empleadores puedan realizar trámites en el Registro de Empleadores y Obligaciones Patronales (REOP) fue ampliado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). No se aplicarán multas hasta el 10 de agosto próximo, según lo establece la Resolución Nº 776/2025.
Esta medida fue adoptada debido a fallas técnicas temporales en el sistema REOP, luego de su reciente migración al datacenter del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP).
Aunque la plataforma se mantuvo operativa, algunos módulos clave presentaron errores que afectaron el cumplimiento de las obligaciones patronales en tiempo y forma, según el informe de la cartera de Estado.
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¿Qué trámites están incluidos?
La prórroga alcanza a las inscripciones patronales y comunicaciones obligatorias previstas en la Resolución MTESS Nº 991/2024, como cargas laborales y actualizaciones de datos.
El plazo vencía el 1 de agosto, pero el Ministerio consideró prudente extenderlo para garantizar que los empleadores afectados puedan regularizar sus gestiones sin sanciones, teniendo en cuenta que el sistema fue restablecido el pasado 18 de julio.
La resolución también encomienda a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del MTESS a realizar los ajustes necesarios en los sistemas informáticos y bases de datos para garantizar el cumplimiento de la medida.
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¿Dónde pedir ayuda?
Para consultas o asistencia técnica sobre el sistema REOP, están habilitados los siguientes contactos: (0986) 790 101 y (021) 729 0100, internos 526 y 554
El MTESS exhorta a las empresas a aprovechar esta prórroga para ponerse al día con sus obligaciones laborales, ya que una vez vencido el plazo, volverán a regir las sanciones previstas por la normativa.