¿Puede un juez ser “influencer”?

En un mundo donde prácticamente todos estamos conectados a través de las redes sociales, un “influencer” es como se conoce a una persona que puede influir en los que otros piensan, compran o hacen. Ahora entra la duda: ¿puede un juez ser uno? En la siguiente nota, más detalles.

Osmar Legal
El juez Osmar Legal está en la "mira" del Tribunal de Ética Judicial.

El Tribunal de Ética Judicial inició un proceso de responsabilidad ética al juez penal de Garantías Osmar Legal luego de su participación como un aparente “influencer” de una barbería.

Se espera que el magistrado sea convocado para dar su versión. El proceso dura sesenta días y en caso de que no haya resolución en el plazo referido, el magistrado será absuelto.

Juez Osmar Legal. Judiciales 25-07-2025
Juez Osmar Legal. Judiciales 25-07-2025

Si bien la Real Academia Española (RAE) detalla que la palabra “influencer” corresponde a un anglicismo, determina la palabra como “una persona con capacidad para influir sobre otras, principalmente a través de las redes sociales”. Como alternativas, aunque probablemente nadie las utilice, figuran “influidor” o “influenciador”.

En la práctica, tanto regional como mundial, los “influencers” suelen promocionar todo tipo de productos, servicios, eventos y más, por algún tipo de remuneración, ya sea económica o por “canjes”.

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¿Puede un juez ser influencer?

El código 238 del Código de Organización Judicial establece las “prohibiciones relativas a los jueces y funcionarios” y su inciso “d” menciona que está prohibido:

“Ejercer otra función pública, profesión, comercio o industria, directa o indirectamente, salvo la docencia, cuyo ejercicio será reglado por la Corte Suprema de Justicia, ni participar en actividades políticas”.

Si bien en Paraguay no existe un escrito específico sobre el uso de las redes sociales por parte de magistrados, la Red Mundial de Integridad Judicial publicó las “Directrices no vinculantes sobre el uso de las redes sociales por los jueces”.

En el apartado de “contenido y comportamiento en redes sociales”, el punto 24 sostiene: “los jueces deben asegurarse de no utilizar sus cuentas de redes sociales para promover, directa o indirectamente, intereses financieros o comerciales tanto propios como de terceros".

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