La Ley Nº 7.445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil” entrará en vigencia este miércoles 16 de julio de 2025. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con el objetivo de garantizar claridad y seguridad jurídica en el proceso de implementación de la Ley, realiza las siguientes consideraciones:
- La Ley abarca a todas las instituciones públicas y establece como autoridad de aplicación a aquellas que poseen autonomía conforme a la Constitución Nacional, como ser el Poder Legislativo, Poder Judicial, Universidades Nacionales y Municipalidades, entre otras.
- Cada autoridad de aplicación deberá reglamentar la Ley en su respectivo ámbito de competencia.
- Así también, reconoce la vigencia de las carreras especiales, como ser la judicial, la diplomática y consultar, la docente en todos sus niveles, policías, militares, la carrera de blanco y otras, que se regirán por sus propias normas.
- Para las instituciones que integran el ámbito del Poder Ejecutivo, la reglamentación está siendo elaborada por el MEF a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional.
- La entrada en vigencia de esta Ley no tiene efecto retroactivo sobre los procesos de ingreso a la Función Pública realizados bajo las normativas de la Ley Nº 200/1970 o Ley Nº 1.626/2000.
- La reglamentación establecerá los lineamientos de implementación para los diferentes aspectos de la Ley. Esto incluye, entre otros, los procesos de concursos públicos, ingresos y promociones de funcionarios públicos, régimen del empleado público (contratados), traslados temporales (comisionamientos) y definitivos.
- El MEF reafirma su compromiso con la construcción de una Función Pública eficiente, en estricto apego a los principios de legalidad y respeto a los derechos de los servidores públicos.
En qué consiste la Ley
La Ley Nº 7.445 “De la Función Pública y la Carrera del Servicio Civil”, promulgada el pasado 16 de enero, se estructura en dos partes: De la Función Pública, que define normas y criterios generales aplicables a todas las instituciones públicas; y de la Carrera Civil, que establece un marco para el ingreso, promoción y desempeño de los servidores públicos.
La Ley busca garantizar que la profesionalización pueda ser la base para una Administración Pública más moderna y eficiente. Además, plantea que los incentivos sean adecuados y que las evaluaciones de desempeño cierren las brechas existentes.
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La normativa establece que el ingreso y la promoción deben realizarse mediante concursos, respetando plenamente las atribuciones constitucionales de los diferentes Poderes del Estado, municipios y universidades. También menciona que se aplicará una evaluación de desempeño anual obligatoria para todos los servidores públicos.
Los derechos colectivos adquiridos son respetados dentro de la normativa, aclarando que todo servidor público tendrá derecho de sindicalización y derecho a huelga. Como también los derechos individuales, por ejemplo, percibir las remuneraciones de acuerdo con lo que se establezca en las leyes especiales que regulan las distintas carreras de la Función Pública y sus normas reglamentarias.
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En el documento se establece la prohibición de nepotismo y uso indebido de influencia en la designación de cargos de confianza. El funcionario podrá conseguir la estabilidad laboral tras dos años ininterrumpidos de servicio en la Función Pública, luego de haber ingresado por concurso público.