La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, María Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por la auxiliar fiscal Claudia Giselle Guillén González y su padre Ramón Alberto “Monchi” Guillén Ortiz; procesados por supuesta reducción, por usar una camioneta hurtada en Brasil en el año 2022.
Al declarar inadmisible el recurso planteado por los encausados, bajo patrocinio del Abg. David Monges, la máxima instancia judicial dejó firme el Auto Interlocutorio N° 125 de fecha 9 de mayo de 2025, por el cual el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, de la Capital, con el voto en mayoría de los camaristas Delio Vera Navarro y Bibiana Benítez, admitió el recurso que presentó el fiscal Marcos Amarilla y anuló la resolución del juez de Garantías Raúl Florentín.
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El magistrado, en fecha 11 de febrero de este año, había decretado el sobreseimiento definitivo de la auxiliar de fiscal y su padre. Con la resolución de la Sala Penal se confirma que ambos afrontarán una nueva audiencia preliminar, con otro juez de Garantías, para estudiar la acusación fiscal por supuesta reducción, por utilizar una camioneta hurtada en Brasil en el 2022.
El argumento de la Sala Penal en el Auto Interlocutorio N° 368 de fecha 3 de julio de 2025 es que el recurso planteado por la defensa no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por vía de la casación. “La misma no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, según lo preceptuado por el Art. 477 del Código Procesal Penal”, resalta la resolución.
Proceso contra auxiliar fiscal y su padre
En marzo del 2023, la auxiliar fiscal Claudia Guillén cayó con una camioneta lujosa que fue robada en Brasil y cuya chapa fue verificada como falsa por la Policía.
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Al momento de solicitar la verificación a la conductora de la camioneta, la mujer decidió huir de los intervinientes y se dirigió hacia la avenida José Asunción Flores, en zona de la Costanera Norte de Asunción, donde finalmente fue retenida.

En ese punto, los intervinientes constataron, mediante fiscalización de su número de chasis, que el vehículo figura como robado en el estado de Santa Catarina, Brasil, en noviembre del 2022.
El fiscal Óscar López amplió la imputación e incluyó al padre de la funcionaria, el empresario Ramón “Monchi” Guillén, y al escribano que firmó la transferencia, Julio Cáceres Carrillo, por supuesta reducción y producción de documentos no auténticos.
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Argumentos para anular sobreseimiento definitivo
El camarista Delio Vera Navarro resaltó en su voto que el juzgado decretó el sobreseimiento definitivo expresando meramente que no solo persiste un estado de duda insuperable respecto a los dos imputados, sino que además se observa que la Fiscalía no realizó ninguna de las once diligencias que fueron ordenadas al dictarse el provisional en la causa.
El magistrado cuestionó además que el juez Florentín, al momento de dictar el sobreseimiento definitivo debió realizar el contraste entre los hechos atribuidos y los elementos probatorios presentados en su totalidad a más del control de la acusación planteada.
Sobre el punto el tribunal de alzada indicó que el juzgado debió explayar la razón por la cual el caudal probatorio de la Fiscalía no sostienen el nivel de certeza requerido; y que se limitó a establecer genéricamente que al no agregarse a la carpeta las diligencias solicitadas, correspondía dictar sobreseimiento definitivo.
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Vera Navarro destaca que “un hecho punible no puede quedar simplemente impune existiendo convicción sustentada por el acusante y sin que existan otros impedimentos como el trascurso del tiempo u otras cuestiones inmersas en la norma positiva que puedan entorpecer la persecución penal”, según parte del Auto Interlocutorio N° 125 del 9 mayo de 2025.