Intervención a Asunción y CDE: esto pasaría si destituyen a intendentes

En caso de que se concrete la destitución de alguno o ambos intendentes de Asunción y Ciudad del Este tras las intervenciones que fueron aprobadas hoy en la Cámara de Diputados, Carlos María Ljubetic, director de procesos electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), explicó que se deberá convocar a elecciones para elegir reemplazantes.

Una mujer utiliza la urna simulacro durante las elecciones municipales en la escuela República de Chile, en Asunción (Paraguay). Foto de archivo.
Una mujer utiliza la urna simulacro durante las elecciones municipales en la escuela República de Chile, en Asunción (Paraguay). Foto de archivo.Nathalia Aguilar

Tras la aprobación de la intervención de las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, existe la posibilidad de que Miguel Prieto y/u Óscar “Nenecho” Rodríguez sean destituidos, y ante ese escenario, se deberán convocar a elecciones para elegir sus respectivos reemplazantes, según explicó Carlos María Ljubetic, director de procesos electorales del TSJE.

“El artículo 165 de la Constitución Nacional no nos deja ninguna opción. La destitución está establecida en el artículo 165 de la Constitución y dice que en caso de destitución, la justicia electoral en el plazo de 90 días debe convocar a elecciones para sustituir al que fue sacado del cargo”, sentenció.

Aseguró que aunque queden dos meses o un mes de mandato del intendente destituido, se debe convocar a elecciones e hizo énfasis en que es diferente cuando se da ausencia, renuncia, inhabilidad o muerte del intendente a dos años de que culmine el periodo, caso en el que asume el presidente de la junta y en el plazo de un mes debe convocar a los concejales para elegir quien complete el mandato.

La Justicia Electoral ya delinea estrategias para las elecciones municipales 2026.
La Justicia Electoral ya delinea estrategias para las elecciones municipales 2026.

¿Intendente removido puede candidatarse?

Carlos María Ljubetic fue consultado que ocurre en los casos donde el mismo intendente destituido quiere competir en las elecciones para elegir a su reemplazante, a lo que respondió que la destitución no inhabilita al intendente destituido a ocupar cargos públicos, pero que se debe interpretar la palabra “reemplazar” en el caso de que quiera competir en las elecciones convocadas para su reemplazo.

“Hay una cuestión de interpretación porque lo que la Constitución dice es que la Justicia Electoral convoca las elecciones para reemplazar y esa palabra ‘reemplazar’ es la que debe ser interpretada, porque él no puede reemplazarse a sí mismo. Lo que yo digo es que para las siguientes elecciones, cualquiera sea la elección la que se presente, no hay ningún impedimento para que él sea. Ahora, en esa misma elección (de reemplazante) es lo que yo digo que van a tener que interpretar qué quiere decir reemplazar”, señaló.

Agregó que incluso el intendente destituido podría hasta inscribir su candidatura para las elecciones del reemplazo, pero alguien le podría impugnar, obligando al TSJE a realizar un pronunciamiento. Detalló que como las candidaturas son uninominales, las elecciones se realizarían con papeletas, ya que no está inmerso dentro de lo que establece la ley 63/18, que es la que se hace para cargos plurinominales que sí exigen que haya máquinas de votación.

“Primero un juez, después puede ir al tribunal, después la corte, o sea, eso ya sería una cuestión de ver y como el plazo es muy corto, porque fíjate que nosotros tenemos que convocar a la elección a los 90 días y eso incluye interna y elección general, o sea que es un plazo cortísimo, es muy difícil llevar a cabo esto en 90 días, pero como es y sobre todo que esta es una elección grande, entre los dos municipios tenemos casi 700.000 personas”, concluyó.

Comenzó ayer el cómputo de las actas electorales de las elecciones municipales complementarias.
Elecciones municipales complementarias. Foto de archivo.

Elecciones municipales 2026

Sobre las elecciones municipales del 2026 contó que hasta el momento se presentó como propuesta el calendario electoral en el que las internas se celebrarían el 7 de junio y las municipales el 4 de octubre.

“Ese es el calendario elaborado por la Comisión Técnica, la propuesta. Esto los ministros van a tener que resolver, o sea, firmar esto, pero estamos prácticamente todos de acuerdo. No tenemos muchas alternativas tampoco porque no queremos que coincida con el mundial de fútbol, porque imagínate si ese domingo juega Paraguay, de la interna, o sea, una situación va a pasar casi al segundo plano”, aseveró.

Señaló que los electores habilitados podrían ser aproximadamente 5.800.000, considerando las constantes actualizaciones del padrón y la cantidad de personas que cumplirían 18 años para el año que viene.

“Puede ser que muchas de estas personas tampoco estén en el país, porque la gente se inscribe en su ciudad, pero después se va al exterior y nosotros no tenemos ningún registro de quiénes van al exterior, si ellos no se inscriben en el exterior”, afirmó.

Elecciones en Paraguay. Foto de archivo.
Elecciones en Paraguay. Foto de archivo.

Inscripción y locales electorales para el 2026

Dijo que reciben muchos cuestionamientos sobre la actualización de los fallecidos y aclaró que todos los meses reciben del Registro Civil la nómina de los fallecidos registrados en toda la República.

“¿Quiénes no registran su fallecimiento, el fallecimiento de sus seres queridos?, están enterrados en estancia o lo que sea, entonces nosotros no podemos saber, porque solamente le quitamos a aquellas que personas que tenemos su certificado de defunción. Mucha gente se queja, dice, por ejemplo, ‘mi papá ya murió hace 10 años y sigue en el padrón, seguramente es para que la gente vote en su reemplazo’, no, lo que pasa es que si murió en el exterior, solamente le vamos a sacar si sus familiares nos acercan el certificado defunción”, detalló.

Lamentó que si bien los paraguayos que viven en el exterior se enojan con él, comentó que, en muchos casos, no están interesados en inscribirse.

“Yo estuve trabajando en la Argentina durante el periodo de inscripción que hicimos para los extranjeros y teníamos un lugar de cedulación, 400 cédulas por día se hacía y más o menos en ese mismo ritmo se retiraba la cédula del lugar donde está identificaciones que al lado del Consulado Paraguayo y vos sabes que nosotros le decíamos, ‘mira, acá el señor te va a registrar en el registro cívico y te va a entregar tu cédula’, y la gente, de 400 personas de promedio que retiraban su cédula, solo 27 aceptaban ser inscriptos”, relató.

Escuela Luis Caminos, San Lorenzo. Paraguay vota por sus nuevas autoridades en las Elecciones 2023.
Elecciones en Paraguay. Foto de archivo.

Cambio de domicilio para elecciones

Por último, insistió en que el último domicilio que se declara en la cédula es el que se considera para la inscripción automática y que en caso de querer averiguar donde debe votar, se debe realizar a través de la página web del TSJE o llamar al departamento OIR.

Para realizar el cambio de domicilio o registrar un nuevo domicilio, el elector debe acudir únicamente al registro electoral de la circunscripción para realizarlo.

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