Patricia Blasco, integrante del Tribunal de Ética de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), afirmó que el órgano no puede actuar de oficio ante las denuncias de participación del vice decano y procurador general de la República, Marco Aurelio González, en el lanzamiento de campaña del “significativamente corrupto” Jorge Bogarín Alfonso, quien quiere un lugar en el consejo directivo de la casa de estudios.
La exmagistrada dijo además que, pese a haber una resolución por la que sus integrantes fueron designados, el Tribunal de Ética jamás se constituyó como tal. Blasco señaló, en ese sentido, que desde la Facultad atribuyeron eso al actual estado de corte administrativo, tras la asunción de las nuevas autoridades.
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“Existe una designación, pero nunca jamás a mí me han convocado por nota a ninguna reunión. Además, tiene que existir una denuncia para que nosotros actuemos. Si existe una denuncia, estoy segura de que vamos a ser convocados, pero no creo que sea inmediatamente porque se está en un proceso de transición”, agregó Blasco.
La exjueza se ratificó en que el Tribunal, por tratarse de un órgano que no se convoca periódicamente, no puede actuar de oficio. Blasco señaló que recomendó personalmente a su colega Hugo Estigarribia, quien había reclamado públicamente la actuación del Tribunal, que presente la denuncia.
Reglamento requiere denuncia, dice Blasco
La integrante del Tribunal de Ética fundó su argumentación en que la resolución 234/25, que reglamenta el procedimiento de responsabilidad ética de la Facultad de Derecho, requiere que para la actuación del Tribunal exista una denuncia previa.
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El artículo 5° del citado reglamento señala que, en su primera sesión -que aún no se dio, según Blasco- el Tribunal “elegirá a un presidente de entre sus integrantes, quien tendrá las siguientes atribuciones: elaborar el orden del día, convocar a las sesiones y dirigir el procedimiento de responsabilidad ética”.

A su vez, el artículo 6° del citado reglamento que establece, sobre la frecuencia de las reuniones, que “el Tribunal de ética deberá sesionar en pleno, al menos una vez al mes, cuando haya denuncias en trámite, hasta la resolución definitiva de cada expediente (...) en ausencia de expedientes pendientes, la convocatoria a la sesión mensual quedará a discreción del presidente".
Designación del Tribunal
Según consta en la Resolución 235/25, el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la UNA designó en la sesión ordinaria del 18 de marzo de 2025 a los docentes Fernando Barriocanal, Adolfo Ozuna, Patricia Blasco, Luis Fernando Sosa y José Manuel Cano, como miembros del Tribunal de Ética.
El abogado Hugo Estigarribia, exconvencional constituyente, el Tribunal de Ética, al tener conocimiento de la situación a través de las publicaciones periodísticas de la participación del vicedecano en actos proselitistas de la facultad , debió haber actuado de oficio.
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El 16 de mayo pasado, ABC había denunciado que González, quien ejerce en paralelo el cargo de procurador general de la República y de vicedecano de Derecho UNA, había participado del acto de lanzamiento del movimiento interno de la Facultad “Es nuestro momento”. La nucleación es encabezada por quien fuera designado “significativamente corrupto” por el Gobierno de los Estados Unidos, Jorge Bogarín Alfonso, quien busca un lugar en el Consejo Directivo.

Su participación en el acto proselitista es una abierta violación al reglamento de conducta que rige para las autoridades de la Universidad, que les prohíbe “influir en las elecciones universitarias”. El artículo 43 del reglamento dice textualmente que se considerará como falta grave del vice decano “utilizar la influencia que deriva de su cargo para influenciar o tratar de influenciar el resultado de las elecciones universitarias”.
Irregular nombramiento
Estigarribia había señalado además que el nombramiento del procurador general de la República, Marco Aurelio González, como vicedecano de la Facultad de Derecho UNA es nulo, por existir una incompatibilidad entre ambos cargos.

El abogado había citado que la Ley 6.837, Orgánica de la Procuraduría, le otorga al procurador el rango de ministro y le prohíbe ejercer otra actividad, remunerada o no, salvo la docencia. A su vez, citó la Ley 6.525 que expresamente dice que “se entenderá como ejercicio parcial de la docencia y la investigación científica, solo aquel que se ejerza en horas cátedra y como educador o investigador”.
Estigarribia señaló que esta grave irregularidad acarrea la nulidad de sus actuaciones en el cargo, con consecuencias académicas y administrativas. Además, dijo que la situación es causal de intervención de la Facultad por parte del Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción.