Perros que matan: ¿puede ser condenado el dueño?

La muerte de un hombre atacado por un perro encendió el debate sobre la responsabilidad penal del dueño del animal. El abogado penalista Rodrigo Yódice advirtió que la legislación paraguaya es muy clara sobre la responsabilidad civil y explicó el alcance de las normativas que se pueden aplicar en estos hechos.

Un perro pastor alemán furioso.
Los dueños de los perros que ocasionen lesiones o la muerte de personas son civilmente responsables. Shutterstock

Un hombre falleció ayer y otro se encuentra grave tras ataques de un grupo de perros en la vía pública. Aunque aún no se identificaron con certeza todos los animales que habrían cometido las agresiones, ni sus razas, ya hay una persona detenida. ¿A qué se expone el dueño de dos de los “sospechosos”?

El abogado penalista Rodrigo Yódice resaltó que es fundamental que la ciudadanía entienda la responsabilidad civil que implica tener un animal doméstico, sobre todos aquellos considerados más potencialmente peligrosos.

Señaló que el Código Civil Paraguayo es muy claro, pues en el artículo 1.853 estipula: “El propietario de un animal, o quien se sirve de él, durante el tiempo que lo tiene en uso, es responsable de los daños ocasionados por el animal, sea que estuviese bajo su custodia, o se hubiese escapado o extraviado, si no probase caso fortuito, o culpa de la víctima o de un tercero”.

Además, el artículo 1.854 establece: “El daño causado por un animal feroz será siempre imputable al dueño o guardián, aunque no le hubiese sido posible evitar el daño, y aunque el animal se hubiere soltado sin culpa de ellos".

El profesional resaltó que la responsabilidad civil está totalmente fuera de discusión; corresponde al propietario de los perros que ocasionan las agresiones o muertes.

¿A qué sanciones penales se exponen?

En cuanto a la responsabilidad penal, el abogado precisó que el propietario de los perros agresores puede ser señalado como posible autor del hecho punible de homicidio culposo, definido en el artículo 107 inciso primero del Código Penal. En esos casos, la conducta se sanciona que por acción culposa en tres circunstancias: negligencia, impericia o imprudencia.

Indicó que la expectativa de pena es de entre seis meses y hasta cinco años de cárcel. Sin embargo, la raza potencialmente peligrosa de la mascota podría ser agravante.

“Si es que el dueño ya ha tenido un conocimiento cierto y verdadero de que el animal -pese a no tener características de ser una raza potencialmente peligrosa- podría generar algún tipo de afectación a la integridad física o la vida de las personas, asume la postura indiferente de dejarle suelto y a expensas de afectar a terceros, en ese caso podría analizarse la conducta desde la perspectiva de homicidio doloso incluso, porque estaríamos ante un dolo de naturaleza eventual", explicó.

Resaltó que los propietarios deben garantizar que sus perros estén bajo las medidas de seguridad necesarias y no salgan a la vía pública, sobre todo si hay antecedentes. En esos casos, resaltó, la expectativa de pena puede incluso elevarse hasta a 20 años, según el artículo 105 inciso primero del Código Penal.

El profesional aclaró que el Ministerio Público deberá analizar muchas circunstancias, identificar a el o los perros agresores, determinar sus razas y verificar si tenía antecedentes de conducta violenta.

Señaló que “depende mucho” de las circunstancias concretas del caso. Además, hizo énfasis en que ni siquiera en la legislación comparada existe una uniformidad en los criterios en este tipo de hechos y es relevante analizar las características puntuales del caso.

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