En el proceso por lesión de confianza en el que el exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez (ANR, cartista) fue condenado a 8 años de cárcel, fueron incluidas varias personas, entre ellas el arquitecto Francisco Javier Villalba Cantaluppi.
Esta causa tiene relación con la sobrefacturación en la construcción de 15 instituciones educativas de la ciudad, que ocasionó un perjuicio de G. 859.155.192 al municipio, según la acusación presentada por la fiscala Teresita Torres, la cual fue comprobada en juicio.

Para no ir a juicio oral y público, Villalba Cantaluppi planteó la suspensión condicional del procedimiento, salida otorgada por el Juzgado Penal de Garantías del primer turno de Lambaré, el 26 de marzo de 2021.
Jueza ordenó pago de G. 100 millones a colegio de Lambaré
La resolución dictada en la fecha indicada, el auto interlocutorio AI N° 779, estableció varias reglas de conducta a cumplir durante dos años, la principal de ellas la obligación de abonar G. 100.000.000 de la siguiente manera: un pago inicial de G. 30.000.000 (el 26 de abril de 2021) y el saldo de G. 70.000.000 en 24 cuotas de G. 2.917.000.
Obligación de comparecer ante el Juzgado de Ejecución Penal de Fernando de la Mora, en forma trimestral, prohibición de consumir drogas, de consumir bebidas alcohólicas en exceso, de portar armas y de salir del país sin autorización judicial mientras dure la suspensión son otras medidas establecidas por el Juzgado.
La obligación de realizar el servicio comunitario dos veces al mes, en el Cuerpo de Bomberos de Lambaré, el día sábado de forma quincenal, completa la lista de reglas establecidas por el Juzgado a cumplirse durante dos años.
En la resolución mencionada, el Juzgado estableció que la millonaria suma referida, establecida a modo de reparación del daño, debería ser depositada en la cuenta judicial que deberá ser abierta en el Banco Nacional de Fomento a nombre de la causa N° 2804-02/2015 “Roberto Cárdenas Ramírez y otros s/ lesión de confianza y otro”, a la orden del Ministerio de Educación y Ciencias, a favor de la Escuela República del Salvador, de la ciudad de Lambaré.
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Directora deberá recurrir al MEC para retirar dinero
El control del cumplimiento de las reglas de conducta mencionadas quedó a cargo del Juzgado Penal de Ejecución Especializado en Delitos Económicos y Corrupción y Crimen Organizado Nº 2 de la Capital, a cargo de María Lidia Wyder Mendieta.
Cumplido el plazo para el cumplimiento de los pagos establecidos, la directora del Colegio República de El Salvador, de Lambaré, María Lourdes Acosta de Olmedo, bajo patrocinio del abogado Manuel Lugo, solicitó al Juzgado autorización para extraer la millonaria suma establecida para la institución educativa a su cargo.
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Sin embargo, la magistrada Wylde rechazó la petición de la directora María Lourdes Acosta, por considerar que la suma debe ser destinada al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y son las autoridades de la citada cartera las que deben hacer la entrega correspondiente.
“(...) el libramiento de la orden de pago, en su caso, debe realizarse al Ministerio de Educación y Ciencias, siendo de entendimiento de este Juzgado que el referido Ministerio, posteriormente debe destinar el monto al Colegio República del Salvador, por lo que habiendo sido abierta la cuenta a nombre de la presente causa y a la orden del Ministerio de Educación y Ciencias, la directora del Colegio República del Salvador no posee legitimación para solicitar la extracción de fondos, debiendo la misma acudir a la institución competente por la vía que corresponda”, explica la magistrada.
Exintendente Roberto Cárdenas sigue prófugo
Además, la jueza refiere que el 12 de mayo pasado notificó a la Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación y Ciencias de los antecedentes del caso, para que realicen las gestiones correspondientes para la recepción del dinero.
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Por otro lado, el exintendente Roberto Cárdenas permanece prófugo de la justicia, pues no se ha presentado aún para cumplir su condena a ocho años de pena privativa de libertad.
Cárdenas Ramírez, quien contaba con medidas alternativas a la prisión desde el 21 de diciembre de 2016, fue condenado por Sentencia Definitiva Nº 539 de fecha 23 de diciembre de 2021, dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Yolanda Portillo (presidenta), Yolanda Morel y Elsa García.
El fallo de primera instancia quedó firme en agosto de 2024, cuando la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el recurso de aclaratoria planteado por la defensa de Roberto Cárdenas sobre el Acuerdo y Sentencia N° 352 del2 de abril de 2024 dictada por los ministros Víctor Ríos Ojeda, César Diesel Junghanns y Gustavo Santander Dans, que había resuelto no hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por el condenado.
El 17 de marzo pasado, la magistrada Wyder ordenó la captura de Cárdenas, para cumplir la condena establecida en esta causa.