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El ministro de la Corte Suprema de Justicia Eugenio Jiménez Rolón solicitó la realización de una Auditoría de Reacción Inmediata en una causa penal relacionada con un hecho de abuso sexual en niños.
El superintendente de la Circunscripción Judicial de Central quiere saber qué ocurre exactamente en la causa en la que es señalado un abogado, hermano de una fiscala que cumple funciones en la Unidad Especializada en Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo.
La causa, que actualmente es tramitada ante el Juzgado Penal de Garantías del Tercer Turno de la ciudad de Lambaré, llama la atención porque el sindicado, quien ya estaba guardando prisión preventiva en la Penitenciaría de Viñas Cue, ahora fue beneficiado con la prisión preventiva, que le fue otorgada por la jueza Carmen Román.
Objetivo sería protección de derechos del niño
Con esta auditoría, el ministro Eugenio Jiménez Rolón pretende saber detalles del caso, para cumplir, según dice su comunicado, con el “compromiso institucional de la Corte Suprema de Justicia con la protección de los derechos de la niñez y la garantía de transparencia en los procesos judiciales”.
En un primer momento, la jueza Isabel Bracho ordenó la prisión preventiva del hombre, que tenía que ir a la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, pero por intervención de la fiscala que es su hermana, “se salvó”, y esa prisión se cumplió finalmente en el penal de Viñas Cue.
Pero la historia no terminó allí. Poco tiempo después, la jueza Carmen Román revocó la prisión preventiva sin dar intervención a la querella, que es la familia de la víctima.
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Imputado es padre de víctima
El imputado, de profesión abogado, es padre biológico de la víctima de seis años.
Para este lunes 28 de abril fue fijada la comparecencia del imputado para aceptar las condiciones impuestas por la jueza Carmen Román, quien ordenó el traslado bajo segura custodia del procesado hasta su domicilio.
El caso se dio a conocer cuando la víctima comentó a su madre y a su niñera lo que le estaba ocurriendo. Se realizó la denuncia por los canales correspondientes, así como la asistencia al menor de edad y su entorno.
El imputado también cuenta con prohibición de comunicación con la víctima.