Actualmente, se está debatiendo un proyecto de ley pretende modificar varios artículos de la Ley N.º 2016/14 de Tránsito y Seguridad Vial, para bajar la edad mínima para otorgar las licencias de conducir en la categoría particular, motociclista y extranjero, reduciéndola de 18 a 16 años.
Desde el Ministerio de la Niñez recomendaron no realizar estas modificaciones, basándose en varios aspectos. Sobre todo, destacaron que el 75% de los accidentes de tránsito tienen como protagonistas a motociclistas y es alta la tasa de mortalidad. Además, señalaron que el país debe garantizar la seguridad y el bienestar de los adolescentes, respetando las leyes y tratados vigentes.
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Ernesto Benítez, asesor del Ministerio de la Niñez, destacó que Paraguay suscribió la Convención sobre los Derechos del Niño y ese instrumento se incorporó a nuestra legislación en el año 90, por la ley número 57. “Es de rango cuasi constitucional por ser un tratado internacional. Tiene un órgano de tratado que es el Comité por los derechos del Niño, al cual rendimos cuentas periódicamente. Y este órgano el año pasado nomás nos había expresado su preocupación por la alta tasa de accidentes de tránsito que afectaba a adolescentes y sugirió al Estado paraguayo que realice acciones conducentes a prevenir los accidentes de tránsito y a analizar cuáles son las causas que los originan como parte de la estrategia de prevención”, declaró el Ministro.
En ese contexto, consideró que, que se ponga en vigencia una normativa de este tipo, sería contraproducente para el país.
“Como Estado, el marco de los compromisos que asumimos de protección de los de los niños y adolescentes también a nivel internacional”, añadió.