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El Tribunal de Apelación en lo Penal, tercera sala, conformado por los magistrados Cristóbal Ramón Sánchez Díaz, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín Bernal, mediante el Auto Interlocutorio (AI) N° 71, declaró inadmisible el recurso de apelación planteado por el abogado Álvaro Arias, defensor del periodista acusado Carlos Granada, contra el establecimiento de la fecha de inicio del juicio oral y público. El exgerente de prensa del Grupo Albavisión (de los canales SNT y C9N) está acusador por hechos punibles contra la autonomía sexual de trabajadoras a su cargo.
Con esta resolución quedó firme la resolución del Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Laura Beatriz Ocampo Fernández e integrado por los jueces Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza Benítez, que el pasado 24 de febrero por AI N° 113 confirmaron el inicio del juicio a Granada para el próximo 7 de abril a las 8:00, tras revocar la providencia que lo reprogramaba para el mes de octubre.
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El camarista preopinante Cristóbal Sánchez señaló que “el recurso de apelación general no fue planteado en forma subsidiaria con la del recurso de reposición, por lo que el fallo impugnado ha causado el efecto ejecutorio”. En este sentido extendió con “un recurso es admisible cuando posibilita el examen de los fundamentos de la resolución recurrida y en el caso de marras resulta imposible estudiar el fondo de la cuestión cuando la propia norma establece su improcedencia”.
Por su parte, el camarista Agustín Lovera sostuvo que “el recurso en estudio no cumple a cabalidad con los presupuestos de admisibilidad, específicamente, desde el momento que el mismo se halla huérfano de fundamentos”.
El magistrado José Waldir Servín, por su parte, se adhirió al voto de su colega Sánchez. Con esto, el Tribunal de Apelación declaró en forma unánime la inadmisibilidad del recurso de apelación de la defensa y, así quedó confirmada la fecha para el comienzo del juzgamiento a Carlos Granada.
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Tribunal reculó en postergar juicio para octubre
Los miembros del Tribunal de Sentencia resolvieron revocar la providencia del 10 de febrero de 2025, por la cual se postergó para octubre el inicio al juicio a Carlos Granada, por lo que este iniciará el 7 de abril.
Tras revisar el expediente judicial y analizar los plazos procesales, el Colegiado de Sentencia resolvió hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por las fiscalas Nathalia Silva, Claudia Aguilera y Luz Guerrero, en atención a que el hecho punible de acoso sexual tiene una expectativa de pena de hasta 2 años de prisión.
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Teniendo en cuenta como último acto interruptivo, según el Art. 104 numeral 5, el auto de elevación a juicio oral, resuelto a través del Auto Interlocutorio N° 1147 del 20 de noviembre de 2023; a la fecha del juicio oral fijada en la providencia del 10 de febrero de 2025, rondaría los 2 años de proceso”, resalta parte de la resolución del Tribunal de Sentencia.
Los jueces agregan que, de conformidad al Artículo 138 “la duración del procedimiento no podrá superar el plazo previsto para la prescripción de la acción penal, cuando este sea inferior al máximo establecido en este capítulo”. En consecuencia, resolvieron revocar la providencia por la cual había reprogramado para el lunes 6 de octubre, el inicio del juicio oral.
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Carlos Granada, acusado de supuesto acoso sexual
La acusación del Ministerio Público en contra de Carlos Javier Granada Fernández es por los hechos punibles de acoso sexual, coacción y coacción sexual, supuestamente cometidos contra un grupo de trabajadoras de prensa del Grupo Albavisión, donde el mismo se desempeñaba como gerente.
La presente causa penal se inició luego de que varias trabajadoras de prensa del Grupo Albavisión (de los canales SNT y C9N) presentaran denuncia ante el Ministerio Público en contra de Carlos Granada, en mayo de 2022, argumentando que en reiteradas ocasiones las acosó sexualmente.
En la acusación, presentada el 23 de agosto de 2023, las fiscalas Nathalia Silva, Luz Guerrero y Claudia Aguilera nombran a las víctimas de los ataques sexuales y resaltan que los relatos son coincidentes con los testimonios brindados en sede fiscal, así como los brindados en oportunidad de la contención psicológica y toma de relatos realizados ante las psicólogas del Centro de Atención a Víctimas del Ministerio Público.