Marito pide anular desestimación de causa contra Aldo Cantero y Giovanni Grisetti

El expresidente de la República, Mario Abdo Benítez y el diputado colorado Mauricio Espínola, ambos investigados por las supuestas filtraciones de Seprelad y con fueros, apelaron a través de sus abogados la desestimación de la causa penal contra los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, resuelta por el juez Humberto Otazú. Solicitaron la anulación íntegra de ese fallo.

Mario Abdo Benítez en los estudios de ABC TV.
Mario Abdo Benítez en los estudios de ABC TV.Silvio Rojas, ABC Color

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El expresidente de la República Mario Abdo Benítez y el diputado colorado Mauricio Espínola, el exministro de la Seprelad Carlos Arregui, el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio, apelaron la resolución del juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú, que desestimó la causa penal contra los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti.

El escrito fue presentado bajo patrocinio de los abogados Enrique Kronawetter, Carlos César Trapani, Cecilia Pérez, Osvaldo Granada Salaberry, Felino Amarilla y Emilio Fúster. Solicitan además la anulación íntegra de la desestimación de la causa contra los señalados agentes del Ministerio Público.

En el escrito de apelación, presentado este lunes último, los recurrentes señalan que la resolución del juez Humberto Otazú “carece de fundamentación apropiada” y que la misma, “se trata, en definitiva, de una resolución que, por una especie de remisión, termina haciendo suya la argumentación del Ministerio Público”.

Añadieron los apelantes dirigiéndose a los miembros del Tribunal de Apelación, “como ha quedado evidenciado por el propio Ministerio Público al reconocer que ni siquiera orientó su investigación hacia los denunciados, representa una clara violación del deber de averiguar la verdad con la debida diligencia”.

Pedro Ovelar y Aldo Cantero
Pedro Ovelar y Aldo Cantero.

Antecedentes del caso

De acuerdo con los antecedentes del caso, el 11 de marzo de 2024, los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti presentaron imputación contra Mario Abdo Benítez, exministros y exfuncionarios de su adminsitración. El 12 de ese mes, saltaron a luz chats entre Cantero y el abogdo Pedro Ovelar, representante del exmandatario Horacio Cartes y promotor de la denuncia en este sentido.

El 13 de marzo, los afectados por esa diligencia fiscal fueron denunciados por prevaricato y persecución de inocentes.

Tras ese escándalo de los chats filtrados y sumada la denuncia, el 14 de marzo, el fiscal general Emiliano Rolón, reasignó la causa a un equipo fiscal conformado por los fiscales de la Unidad Especializada en Lucha contra el Narcotráfico Fabiola Molas, Luis Said y Guillermo Sanabria. Sin embargo, Said renunció al equipo investigador y del caso , en su lugar fue asignado el fiscal Osmar Segovia. Por otra parte, Sanabria renunció un día antes de la acusación.

La causa contra Cantero y Grisetti fue asignada al fiscal de la Unidad Especializada contra Delitos Económicos y Anticorrupción, Néstor Coronel. Sin embargo, el 16 abril de 2024, los ahora apelantes solicitaron la reasignación de la causa a otro investigador, pues Coronel “demostró negligencia y falta de objetividad”.

El fiscal Néstor Coronel fue mantenido a cargo del caso y el 26 de setiembre de 2024, solicitó la desestimación de la causa. El juez Humberto Otazú rechazó el pedido el 8 de octubre al considerar que “podrían existir elementos que podrían constituir hechos punibles”. El 9 de octubre, Coronel se ratificó pero, el 11 de ese mes Otazú nuevamente impuso trámite de oposición. Fue entonces la fiscala Adjunta Soledad Machuca quien ratificó el pedido inicial el 25 de octubre. Tras esto, el 6 de diciembre, Otazú no tuvo otra alternativa y desestimó la cuasa.

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Si bien la desestimación de la causa penal ya fue resuelta hace poco más de tres meses, pero con la feria judicial de por medio, periodo en que no corren los plazos, los apelantes recién fueron notificados el pasado 17 de marzo y el recurso se presentó dentro de los cinco días establecidos en le Código Procesal Penal.

Acusación en caso filtraciones de Seprelad

El Ministerio Público, a través de los fiscales Silvia González Vester, de la Unidad de Delitos Económicos, y Christian Benítez Cáceres, de la Fiscalía de Emboscada, presentó acusación el 11 de marzo último en el marco de la causa conocida como filtraciones de secretos, a los exministros de la administración del expresidente de la República Mario Abdo Benítez, de la Secretaría de Prevención contra el Lavado de Dinero (Seprelad), Carlos Arregui, del Interior Arnaldo Giuzzio y de Anticorrupción, René Fernández. En el caso de Giuzzio, actualmente afronta juicio oral por un caso de presunta coima recibida de parte de un narcotraficante brasileño.

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También fueron acusados los exfuncionarios de la era Abdo Benítez, Carmen Pereira, quien fue directora general de Análisis Financiero y Estratégico de Seprelad, Guillermo Preda, director de Análisis Financiero “A” y luego director general interino de Análisis Financiero y Estratégico de ese mismo ente; Francisco Pereira, exdirector de Análisis Financiero “B”, así como Daniel Farías Kronawetter.

El abogado Enrique Kronawetter, quien representa al expresidente Mario Abdo Benítez y ejerce la defensa de Daniel Farías, así como las defensas de los demás procesados, recusaron al fiscal general Emiliano Rolón, a la fiscala Adjunta Matilde Moreno y a los fiscales antidrogas César Sosa y Elva Cáceres, por las causales del artículo 57° del Código Procesal Penal (CPP), específicamente la falta de objetividad; y al fiscal Osmar Segovia, por no pertenecer ya al equipo, al ser trasladado a Paraguarí.

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El planteamiento del Ministerio Público, sin embargo, no tiene alcance con relación al expresidente paraguayo Mario Abdo Benítez y el diputado colorado Mauricio Espínola, pues si bien fueron imputados, ambos no fueron procesados por la jueza penal de garantías Cynthia Lovera, en vista a que cuentan con fueros, en el caso de Abdo por ser senador vitalicio y Espínola está en actividad legislativa, y no fueron despojados del privilegio parlamentario.

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