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Argumentando incoherencias de la Fiscalía, que la primera vez señaló la existencia de lesión patrimonial y luego dijo que no existía tal lesión, el juez Humberto Otazú otorgó hoy el sobreseimiento provisional al exministro de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) Ramón Jiménez Gaona y a la exviceministra Martha Morínigo, quienes están procesados por el caso del fallido Metrobús.
El juez Humberto Otazú explicó que ayer, miércoles, en la audiencia preliminar, el Ministerio Público primero se ratificó en requerimiento acusatorio. Posteriormente, las defensas de los procesados plantearon incidentes de prescripción, sobreseimiento definitivo y exclusión probatoria, y ofrecieron pruebas para que sean diligenciadas en otra etapa procesal.
Pero, a las 14:00, el juez decretó cuarto intermedio porque las pruebas arrimadas por la defensa tenían cúmulo de evidencias muy importantes.
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Juez detectó contradicciones en pericias
Al retomar la audiencia este jueves y luego de analizar pruebas ofrecidas por la defensa, el juez detectó también contradicciones con respecto a los elementos probatorios por parte del Ministerio Público, que primero dijo que existía daño patrimonial de US$ 25 millones y luego que no había tal daño.
Ante este escenario, los mismos fiscales requirieron al Juzgado la aplicación del sobreseimiento provisional para llevar adelante diligencias.
Tras escuchar el argumento del fiscal, el juez corrió traslado a las defensas, que se allanaron. Así, los defensores desistieron de los incidentes planteados, adhiriéndose a lo solicitado por el Ministerio Público.
Ahora, los abogados defensores acompañarán las diligencias solicitadas por Fiscalía para el esclarecimiento del caso metrobús, según dijeron.
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Sobreseimiento provisional es por “criterio de objetividad”
Por otro lado, en este procedimiento, el Juzgado informó que dio intervención a la Procuraduría General, por lo que el procurador asistió a audiencia preliminar.
Tras escuchar argumentos, el procurador prestó conformidad y se allanó a la solicitud de Fiscalía de proseguir la investigación posteriormente al sobreseimiento provisional.
El juez resaltó que, como hubo pericias opuestas y, por tanto, incoherentes, debe primar el criterio de objetividad, y en este se fundamente la salida procesal del sobreseimiento.
Por otro lado, el juzgado hizo expresa mención de que el Ministerio Público tiene un año para solicitar la reapertura de procedimiento, en el caso de que lo considere necesario.
Algunas de las diligencias que se deben realizar
A partir de ahora, los fiscales deberán realizar 14 diligencias relativas a los hechos investigados, con el fin de tener certeza de que su hipótesis es correcta o no.
Entre estas diligencias, la primera es una nueva pericia para subsanar las anteriores contrapuestas.
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Posteriormente, deben recabar la mayor información posible sobre proceso civil que lleva adelante la Procuraduría con respecto al laudo arbitral, solicitar informes a las municipalidades de San Lorenzo, Asunción y Fernando de la Mora, pues un elemento con el que no se contaba en la investigación era el de las autorizaciones municipales.
Según mencionó el juez, existían convenios con estos municipios, pero ese punto requiere de mayor claridad.
Así también, la Fiscalía debe obtener información sobre estudios hidrológicos, desagües pluviales y cómo se llevaron esas construcciones en relación con los desagües.
Deben además obtener declaraciones testificales de personas ligadas a las empresas, principalmente sobre el cumplimiento o no de las cláusulas del contrato que existía para la obra.
Acusación de la Fiscalía
La fiscala María Estefanía González había presentado una acusación contra tres acusados por presunta lesión de confianza en carácter de autores por el fracaso del proyecto Metrobús.
El primer responsable es el ministro de ese entonces, Ramón Jiménez Gaona. Lo sigue la exviceministra de Administración y Finanzas del MOPC entre 2016 y 2018, Martha Benírez Morínigo, y el tercer involucrado es Guillermo Alcides Alcaraz Reisinger (fallecido en 2024), gerente del proyecto Metrobús del 2017 al 2018.
La acusación del Ministerio Público sostiene que el MOPC desembolsó dinero público en obras que no cumplieron las especificaciones técnicas y no sirven para la finalidad del “programa de modernización del transporte público”. Señalaron además que las obras pagadas “no son útiles para la ciudadanía”.
Según la acusación fiscal, el Estado paraguayo sufrió un perjuicio patrimonial de US$ 25 millones.