Cargando...
El pedido de condena a 6 años y 6 meses de cárcel para el exintendente del distrito de Mariscal Estigarribia (Chaco), Eladio Ramón Alcaraz Pereira, fue realizado por el fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Luis Piñánez, quien en sus alegatos finales afirmó esta mañana que se logró probar la autoría del político colorado en el hecho punible de lesión de confianza, que ocasionó un daño patrimonial de G. 1.054.108.443, provenientes de los recursos del Fonacide, al municipio chaqueño.
“En el ejercicio 2013, en relación con los recursos del Fonacide, se demostró la existencia de un perjuicio patrimonial, ya que del monto total que el Ejecutivo municipal recibió ese año, por obras que no se ejecutaron y por carencia total de documentaciones que respalden la erogación de los recursos”, expresó el agente del Ministerio Público en parte de sus alegatos conclusivos.
Lea más: Exintendente debe explicar a qué destinó casi G. 4.000 millones
Por su parte la defensa del exintendente chaqueño, ejercida por los abogados Álvaro Arias y José Enrique García, afirmaron en sus alegatos finales que el Ministerio Público no logró probar el hecho punible de lesión de confianza, en consecuencia, solicitó la absolución de culpa y pena para Alcaraz Pereira. El Abg. Rodrigo Buongermini también integra el equipo defensor.
El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por Elsa García e integrado por Adriana Planás y Matías Garcete fijó para el miércoles 5 de marzo, a las 8:00, la continuidad del presente juicio oral. Ese día el fiscal Piñánez presentará su réplica, posteriormente la defensa su dúplica y, finalmente, el colegiado pasará a deliberar para luego dictar sentencia sobre la causa penal.
Perjuicio a municipio chaqueño por G. 1.054 millones
El fiscal Luis Piñánez detalló que en el 2013 el Ministerio de Hacienda transfirió a la Municipalidad de Mariscal Estigarribia G. 1.536.009.249 en concepto del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide); G. 2.267.678.126 en concepto royalties; y G. 132.783.970 en concepto de transferencia de Juegos de Azar.
Lea más: Sacerdotes critican falta de justicia en caso Alcaraz
De acuerdo al fiscal anticorrupción, en el juicio oral quedó probado que del total de G. 3.936.471.345 que el municipio chaqueño recibió en el 2013, el entonces intendente habría sustraído de la institución, sin contraprestación alguna, un monto total de G. 1.054.108.443, correspondiente a los recursos del Fonacide.
Piñánez resaltó que el dinero fue utilizado para otros fines, que nada tienen que ver con obras municipales o que beneficien a los contribuyentes; afectando a todo el distrito ubicado en uno de los departamentos con mayores carencias, en el país.

Según el agente fiscal, para tratar de justificar el uso de los recursos del Fonacide el exintendente presentó planillas de inicio de obras con su firma y también con la firma de directores de instituciones educativas y líderes indígenas, donde supuestamente se debían ejecutar obras municipales, pero que los auditores de la Contraloría General de la República nunca encontraron.
Lea más: Tribunal rechaza incidentes y avanza juicio al exintendente Eladio Alcaraz
Eladio Alcaraz, con prisión preventiva desde diciembre
Este juicio debió iniciarse el 22 de noviembre de 2024, pero Alcaraz no se presentó y la defensa alegó supuesta hipertensión para justificar su inasistencia. Lo que al parecer el exjefe comunal no contaba, era con que el Tribunal de Sentencia decidiera enviar al médico forense de turno a su domicilio, para verificar su estado de salud.
Cuando la doctora Josefina Silva, médica forense de la Circunscripción Judicial de Boquerón, se constituyó en la residencia de Alcaraz, este no estaba en su casa. La profesional informó al tribunal que la inspección fue atrasada por esta situación y que tuvieron que llamarlo para que volviera a su residencia para que pudiera cumplir su cometido.

“Eladio Ramón Alcaraz Pereira es paciente hipertenso, no obstante, su condición puede ser regulada con medicación por lo que no le impide comparecer ante la audiencia de juicio oral. Que del comportamiento del acusado ante el llamado del Juzgado se infiere razonablemente la falta de voluntad de someterse al proceso penal”, reza parte del informe forense.
Por esta razón, en diciembre pasado el colegiado de sentencia decretó la prisión preventiva de Alcaraz, quien sigue cumpliendo la medida cautelar en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.