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Armindo Torres, director de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, se refirió a la solicitud realizada por el senador Enrique Salyn Buzarquis sobre la posibilidad de llevar a cabo un examen de correspondencia de bienes del presidente Santiago Peña, tras las publicaciones sobre su ostentoso estilo de vida.
El escándalo fue desencadenado por la revelación de su lujosa mansión en San Bernardino, cerca del lago Ypacaraí.
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Torres explicó que las declaraciones juradas del presidente deben ser evaluadas en dos etapas. La primera corresponde a los años en los que Peña era funcionario público, y la segunda, en su rol de presidente de la República.
Según Torres, la primera declaración que se tiene de Santiago Peña data del año 2014, cuando ocupaba un cargo en el Banco Central del Paraguay. Posteriormente, en 2017, Peña dejó el sector público para unirse al sector privado. Su regreso al ámbito público se dio en 2023, al asumir la presidencia.
Límites en la investigación de bienes durante el periodo privado
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El director de Declaraciones Juradas aclaró que no existen estudios de correspondencia de bienes de Peña durante su primer período en la función pública, ya que, según las evaluaciones de la Contraloría, no hubo un aumento considerable de su patrimonio en ese periodo.
Sin embargo, Torres también destacó que, aunque se detectó un aumento patrimonial significativo entre 2017 y 2023, la Contraloría no tiene competencia para investigar ese periodo debido a las limitaciones legales establecidas en la Constitución Nacional y en la ley.
El proceso de examen de correspondencia y las limitaciones legales
Torres subrayó que, según la legislación vigente, para realizar un examen de correspondencia es necesario contar con dos declaraciones juradas: una al inicio y otra al final del mandato.
“No podemos hacer un examen de correspondencia si no tenemos una declaración con la cual compararla. El examen se realiza al final del mandato, y solo si se ha detectado un aumento significativo en el patrimonio”, explicó Torres.
El director de Declaraciones Juradas también destacó que, en caso de que haya dudas sobre el origen de los fondos o el crecimiento patrimonial de Peña, otras instituciones, como el Ministerio Público o la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), podrían investigar.
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Posibilidad de actualización de la declaración jurada
Torres aclaró que la Contraloría solo podría iniciar una investigación si el presidente actualiza su declaración jurada, ya que la Constitución solo obliga a los funcionarios a presentar una declaración al inicio y al final de su mandato.
“El presidente no está obligado a presentar una declaración durante su mandato, a menos que decida actualizarla voluntariamente”, concluyó Torres.