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El juez de Ejecución Penal Especializado en Delitos Económicos Carlos Mendoza rechazó el incidente de libertad condicional presentado a favor del excomandante de la Policía Nacional Francisco Alvarenga. En consecuencia, el exjefe policial seguirá cumpliendo en la Agrupación Especializada su condena de 6 años de cárcel por enriquecimiento ilícito.
El incidente de libertad condicional fue presentado por la abogada Brígida Aguilar, quien alegó que el 3 de diciembre de 2024 cumplió en prisión las dos terceras partes de su condena, que es uno de los requisitos que le habilita a ser beneficiado con la libertad condicional.
“En cuanto a la conducta del condenado Francisco Pastor Alvarenga Núñez, antes del hecho que motivó la presente causa y la condena que se halla en etapa de ejecución, se desprende del informe de antecedentes judiciales y policiales que el mismo posee y que ya ha compurgado la totalidad de su condena conforme al informe que adjunto, siendo este un elemento de convicción objetivo de que se trata de un infractor primario”, alegó la defensora, tras destacar que la conducta de su defendido en prisión es considerada “muy buena”.
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La propuesta de la defensa del excomandante Francisco Alvarenga
Específicamente, la defensora solicitó al juzgado que disponga la libertad condicional de su representado y la imposición de un periodo de prueba por el resto de la condena es decir, por dos años.
En el referido periodo, que se extendría hasta noviembre d 2026, Alvarenga cumpliría las siguientes reglas de conducta: no cambiar de domicilio sin autorización del juzgado; comparecen ante el juzgado de forma trimestral, no salir del país, no portar armas y no cometer otros hechos punibles.
Asimismo, la defensa ofreció realizar una donación de G. 400 mil mensuales a una entidad de beneficencia a ser designada por el juzgado, durante el plazo referido (24 meses).
La abogada Aguilar solicitó que la esposa de Alvarenga, Mirta Rotela de Alvarenga, sea designada como asesora de prueba. En tal carácter, la misma tendría que presentar un nforme de forma trimestral sobre el cumplimiento de las reglas de conducta establecidas por el juzgado.
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Fiscalía no contestó y juez rechazó pedido de libertad condicional
El magistrado notificó al Ministerio Público de la petición de la defensa, a fin de que dictamine al respecto pero la Fiscalía no lo hizo y una vez cumplido el plazo establecido para el efecto, se dio por decaído el derecho que tenía par contestar el incidente.
“Estudiando los requisitos legales previstos en las disposiciones legales transcriptas y referidas como premisa normativa aplicable al caso, en contraste con las circunstancias y particularidades fácticas del caso, debe decirse que, la pretensión de la defensa resulta inviable –al menos conforme a Derecho–, en estricta atención a que la norma citada requiere como conditio sine libertad, a ser beneficiada con el pretendido instituto, debió previamente haber transitado completa y efectivamente por las tres primeras etapas del régimen progresivo (1- observación, 2- tratamiento, 3- prueba), entonces, notando que dicha circunstancia fáctica no se da con el citado condenado, corresponde rechazar el incidente deducido”, concluyó el juez.
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En el juicio oral que terminó con la condena de Francisco Alvarenga a 6 años de cárcel el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por la jueza Yolanda Portillo e integrado por Elsa García y Yolanda Morel, ordenó además el comiso de bienes inmuebles, por valor de G. 1.110.986.525, en atención a una petición de los fiscales Natalia Fúster (actual fiscal adjunta) y Luis Piñánez.
La condena que Alvarenga ya tiene compurgada es de 4 años de pena privativa de libertad, por lesión de confianza, impuesta en un juicio oral y público por el negociado con combustibles que causó un perjuicio de G. 1.159.242.000 a la institución policial.