IPS obtiene medida cautelar para que cirujanos pediátricos no interrumpan servicio

La Dirección Jurídica del Instituto de Previsión Social (IPS) promovió una acción de amparo judicial con el que obtuvo una medida cautelar para que los médicos cirujanos del área de pediatría no interrumpan los servicios de cirugía de urgencia, según afirmaron desde la previsional.

Fotos de pacientes pediátricos y adultos del hospital central de IPS.
Fotos de pacientes pediátricos y adultos del hospital central de IPS.Gustavo Machado

Cargando...

Ante la renuncia masiva de cirujanos pediátricos del IPS en demanda del cumplimiento de la Ley 7137, que establece la significación salarial y la carga horaria de los profesionales médicos que prestan servicios dentro del Sistema Nacional de Salud con guardias de 12 horas, anoche se registró un caso en IPS Ingavi en el que un niño fue intervenido quirúrgicamente por un cirujano general.

Ante esta situación, la Dirección Jurídica del IPS promovió un amparo judicial con una medida cautelar con la que busca garantizar la atención especializada por profesionales de la salud de áreas específicas.

Los profesionales de la salud, en cumplimiento de un comunicado de la Sociedad Paraguaya de Cirugía Pediátrica, tomaron una medida de fuerza para reivindicar sus derechos relacionados con la carga horaria, de 12 horas, conforme a la ley es 7137/2023 “Que establece la significación salarial y la carga horaria de los profesionales médicos que prestan servicios dentro del Sistema Nacional de Salud”.

Según argumentan desde IPS, la disposición del Círculo de Médicos y la negativa misma de los profesionales de la salud de cubrir los turnos en horario extraordinario, atenta contra el derecho a la salud y la vida de niños y adolescentes, en violación de la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las leyes vigentes, sobre todo contra el principio fundamental de “interés superior del niño y el adolescente”.

Dirección Jurídica de IPS denuncia a médicos

Agregan además que fueron denunciados casos concretos de niños que, por patologías diversas, tuvieron que ser intervenidos quirúrgicamente con anestesistas y cirujanos para adultos.

La medida cautelar fue dictada después de la media noche del día 31 de agosto de 2024, por la Jueza de Turno Atención Permanente Clara Ruiz Díaz, según el oficio firmado por Darío Javier Estigarribia Irala.

La resolución ordena - como medida de urgencia - que los doctores Juan Jose Escauriza Ortiz, Carlos Esteban del Puerto Flores, Nestor Waldemar Arguello Duarte, Carla Fabiola Espinola Gómez, Claudia Patricia Díaz Lugo, Matsumura Kiichiro, Enrique Domingo Taboada Benítez, Mónica Beatriz Martínez Saldívar y Liliana Machuca Vargas, médicos cirujanos del Servicio de Pediatría - Hospital Central - de la Sociedad Paraguaya de Cirugía Pediátrica, presten atención médica en los horarios y turnos establecidos por la Dirección Médica del Hospital Central y la Sociedad Paraguaya de Cirugía Pediátrica a los asegurados, niños y adolescentes, que requieran cirugías pediátricas en horario extraordinario y garanticen el libre ejercicio profesional a los médicos que deseen cubrir esos turnos,

Según indican desde IPS, la intención de la medida es para salvaguardar la salud y la vida de los niños que requieran atención médica quirúrgica de urgencia, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al Ministerio Público por desacato.

“Los médicos que incumplan la medida judicial se exponen a penas privativas de libertad de 6 meses a 2 años, conforme a la Ley N° 4711/2012 ‘Que sanciona el desacato de una orden judicial’”, indica el comunicado del IPS.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...