Los cambios que se plantean en la ley de adultos mayores

El Ministerio de Desarrollo Social (MDS) emitió un comunicado para aclarar a los adultos mayores que la nueva ley que les afectará aún no entra en vigencia, por lo que el censo sigue vigente. El proyecto de ley se encuentra en Cámara de Diputados, con media sanción del Senado, y establece los siguientes cambios.

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La ley afectará a los adultos mayores de Paraguay.Fernando Calistro

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Ayer miércoles la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley que incorpora cambios en el Programa de Pensión Alimentaria para adultos mayores. Sin embargo, ahora se encuentra en Cámara de Diputados a la espera de una sanción. El censo sigue vigente para este sector de la población, explican desde el Ministerio de Desarrollo Social (MDS).

El proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados para el estudio correspondiente. De ser aprobada sin ninguna modificación será elevada al Poder Ejecutivo para su promulgación y recién ahí entrará en vigencia.

Cambios que plantea ley de adultos mayores

  • Los paraguayos/as que cumplan sesenta y cinco años de edad serán incorporados de manera automática como potenciales beneficiarios de la pensión alimentaria para personas adultas mayores.
  • Ya no se realizarán censos.
  • El nuevo criterio será seleccionar a los potenciales beneficiarios de acuerdo a la edad, tomando como base de mayor edad para abajo.
  • Para la inclusión efectiva al programa el Ministerio de Desarrollo Social verificará el cumplimiento de los requisitos previstos en la ley y en su reglamento.
  • Las personas que cumplan los requisitos serán incorporadas gradualmente de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.
  • La edad mínima establecida para personas con discapacidad severa será de 60 años y miembros de comunidades indígenas con 55 años.
  • El Poder Ejecutivo busca incluir 30.000 beneficiarios por año.

No podrán acogerse a la pensión las siguientes personas

  • Con sueldo público o privado.
  • Jubilados.
  • Pensionados.
  • Cotizantes del seguro social.
  • Los que paguen Impuesto a la Renta Personal (IRP), Impuesto a los Dividendos y las Utilidades (IDU).
  • Aquellos que posean más de treinta cabezas de ganado.

El comunicado también indica que los adultos mayores con seguro del IPS como adherentes, sí podrán ser beneficiarios.

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