Cargando...
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) informó que la bonificación familiar por hijo se fija en G. 139.915, teniendo en cuenta el nuevo salario mínimo, que es de G. 2.798.309, vigente desde julio.
Condiciones para la bonificación familiar
- El hijo debe tener menos de 17 años
- Sin límite de edad para personas con discapacidad
- Debe estar bajo la patria potestad del trabajador
- Los gastos de crianza y educación deben estar a cargo del trabajador beneficiario
- El hijo debe residir en el territorio nacional
El derecho a la asignación familiar nace desde el momento en que el trabajador acredite la existencia de sus cargas familiares, para lo cual debe realizar la solicitud a su empleador y presentar los documentos habilitantes.
Lea más: Ministerio de Trabajo debe enfocarse en las reformas
Documentos necesarios para la solicitud
- Acta de nacimiento o certificado de nacimiento de los hijos
- Certificado de vida y residencia
- Certificado médico para los niños con discapacidad, acreditado por la Senadis
- Documentos que acrediten la relación de dependencia
Una vez reunidos los documentos que acrediten sus cargas familiares, el trabajador debe entregar una solicitud escrita al Departamento de Recursos Humanos o a su empleador, acompañada de la documentación correspondiente.
El empleador debe verificar la autenticidad documental e incluir el bono familiar en el salario del trabajador.
La asignación se paga junto con el salario y en su totalidad, sin formar parte del cálculo para el aguinaldo ni de las contribuciones a la seguridad social. La bonificación familiar no puede ser cedida ni embargada.