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El Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, integrado por Digno Arnaldo Fleitas Ortiz, Arnulfo Arias Maldonado y María Belén Agüero Cabrera, a través del AI N° 133, resolvió confirmar la providencia de la jueza penal de garantías N° 3 Cynthia Lovera, mediante la cual admitía el pedido de sobreseimiento definitivo para Marcello Fretes y fijaba fecha para la audiencia preliminar en su situación por el caso Zapag.
A través del mismo fallo, la Cámara de Apelaciones ratificó en todas sus partes el AI N° 335, en la que la magistrada rechazaba el recurso de reposición planteado contra dicha resolución y la providencia por el abogado Ricardo Preda, quien ejerce la querella de parte de la familia Zapag.
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En este caso la fiscala Carla Rojas, en la audiencia preliminar, ratificó la acusación por lesión grave contra Héctor Iván Grau Arroyo y el pedido de sobreseimiento definitivo para Marcello Giovanni Fretes Laterra. A este último, la jueza imprimió trámite de oposición por lo que la responsabilidad quedó en la Fiscalía Adjunta.
En consecuencia, la fiscala Adjunta Lourdes Samaniego, ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo para Fretes Laterra mediante su Dictamen N° 52. Esto motivó a su vez que el abogado querellante Ricardo Preda plantee un incidente de nulidad, pues Samaniego había sido recusada y luego confirmada, pero de lo último al menos, Preda no fue notificado, según indicó en un escrito.
Sin embargo, la jueza Lovera admitió el pedido de la fiscala adjunta y emitió su providencia el 11 de abril en la cual también fijaba fecha para la audiencia preliminar para el 29 de abril. Contra esta, el abogado de la querella presentó reposición con apelación en subsidio, la cual fue rechazada por Lovera. Debido a ese fallo es que la los camaristas analizaron el incidente y finalmente, confirmaron lo resuelto por la jueza de garantías.
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Análisis del Tribunal de Apelaciones
El camarista preopinante Arnaldo Fleitas, en su análisis de la apelación subsidiaria, hizo referencia al incidente de nulidad que fue planteado por el representante de la querella adhesiva. En este sentido indicó que la misma “no puede ser resuelta antes de la audiencia preliminar conforme a las disposiciones del Art. 330 del C.C.P., sino de conformidad a los Arts. 353 inc. 1° y resuelta conforme al Art. 356 y concordantes del Código de Procesal Penal, puesto que el incidente fue planteado con posterioridad a la fijación de la audiencia preliminar”.
Siguiendo con esa misma línea, sostuvo que “la audiencia preliminar cumple esencialmente con dos finalidades básicas: por un lado, preparar el juicio y, por otro, evitar juicios inútiles. En el análisis de la resolución recurrida subsidiariamente, considero que la misma no adolece de vicios insanables ni de errónea aplicación de las normas”.
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Y posteriormente enfatizó que “del estudio de los agravios vertidos por la recurrente, como también de los fundamentos expuestos por la A quo en la resolución impugnada, soy del criterio de que asiste la razón al Juez Penal de Garantías al considerar el traslado del trámite y resolución de lo solicitado por la querella a la audiencia preliminar”.
Los demás magistrados Arnulfo Arias y Belén Agüero, se adhirieron plenamente a la opnión de su colega Fleitas, por lo que la decisión de ratificar la providencia de la jueza Cynthia Lovera, de fecha 11 de abril y el AI N° 335 fue unánime.
A juicio por agresión contra Benjamín Zapag
La jueza de Garantías Cynthia Lovera elevó a juicio oral la causa penal que afronta Héctor Iván Grau Arroyo, acusado de lesión grave por la agresión que sufrió Benjamín Raúl Zapag Gayet el 6 de noviembre del año 2022 en el interior de la disco Morgan Warehouse, ubicada en el barrio Villa Morra de Asunción.
La magistrada admitió las acusaciones presentadas por la fiscal María Alejandra Savorgnan y ratificada en juicio por la agente Carla Rojas; y el Abg. Ricardo Preda en representación de la querella adhesiva; y resolvió que la causa se discuta en un juicio oral y público.
Además, Lovera rechazó los incidentes presentados por la defensa de Grau Arroyo, que solicitó la aplicación de un procedimiento abreviado, planteó la nulidad de la acusación fiscal, nulidad absoluta de actos procesales y el sobreseimiento definitivo el encausado.
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Según lo resuelto por el Juzgado Penal de Garantías Héctor Grau seguirá afrontando el presente proceso en libertad. Al inicio del presente proceso penal se había dictado su prisión preventiva, luego obtuvo el arresto domiciliario.
Benjamín Zapag recibió serie de golpes, según Fiscalía
De acuerdo con los datos señalados en la acusación fiscal, entre las 3:00 y las 3:05 del 6 de noviembre de 2022, en el sanitario de la dicoteca “Morgan Warehouse” de Villa Morra, en Asunción, Marcello Fretes le cerró el paso a Benjamín Zapag, que se disponía a salir del baño. Estando Fretes, de espaldas a la puerta, se puso cara a cara con Zapag al tiempo de gritarle: ¡AAAAH!.
Tras escuchar el fuerte grito de Marcello Fretes, Benjamín Zapag le increpó con la consulta de “¿qué te pasa?”, a lo que Fretes volvió a hacer el mismo grito sin dejarle paso para salir del baño. En ese ínterin, llegó Héctor Grau que le propinó varios puñetazos en el lado izquierdo de la cara a Zapag.
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Posteriormente, Benjamín Zapag salió del sanitario pero agarrándose del rostro y se dirigió hacia donde estaban sus amigos, quienes le ayudaron a abandonar el local. En la vía pública se encontraron con el chofer de la familia, Pedro Báez, a quien le contaron lo sucedido y este lo trasladó hasta su casa.
En el camino, Benjamín Zapag, sintió mareos además de sufrir sangrado por la nariz y boca. Debido a que la hemorragia no se detenía y el dolor era cada vez más intenso, su padre Raúl Zapag lo trasladó hasta el Sanatorio Migone, alrededor de las 4:30.
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Lesiones sufridas por Benjamín Zapag
Es así que a las 7:00, luego de una reunión entre los padres y un equipo médico, el cirujano maxilofacial Dr. Rubén Ayala Semidel y el oftalmólogo Dr. Ricardo Perán, comunicaron que el joven sufrió fracturas múltiples faciales, maxilares con riesgo ocular. Debido a esto, Benjamín Zapag fue sometido a cirugía a las 12:30 de ese 6 de noviembre.
El informe médico señaló que Benjamín Zapag, según lo detectado mediante una tomografía computada de cráneo y cara, presentaba “trazos multifragmentarios de fractura que afectan el hueso cigomático, la pared anterior y posterior del seno maxilar de la izquierda, angulados, con hundimiento, asociado a ocupación del seno ipsilateral [...]”
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La decisión de los médicos de intervenir quirúrgicamente al joven, evitó que haya quedado con secuelas permanentes, según el reporte médico posoperatorio al cual se hace referencia en la acusación fiscal y que está añadido al expediente.
El Dr. Rubén Ayala Semidel, en su declaración del 13 de febrero de 2023 ante el Ministerio Publico refirió que las características que las lesiones presentaban, requerían tratamiento de urgencia, explicó que en la tomografia de cara se constató que el piso de la órbita, adentro del ojo lesionado, se encontraba fracturada en múltiples fragmentos, en términos sencillos se encontraba curuvicada.