Cargando...
Luego de un año de investigación la fiscala María Estefanía González debe presentar en la fecha su requerimiento conclusivo con relación a los tres imputados por presunta lesión de confianza en la ejecución del fracasado metrobús, entre 2013 y 2018; el exministro de Obras Públicas y Comunicaciones Ramón Jiménez Gaona; la exviceministra de finanzas María Regina Benítez Morínigo y el exgerente del proyecto Guillermo Alcides Alcaraz Reisinger.
La causa es tramitada en el Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos a cargo del juez Humberto Otazú, quien al admitir el acta de imputación presentada el 10 de abril de 2023 fijó para hoy la fecha límite para que la Fiscalía acuse o pida el sobreseimiento de los procesados.
El 28 de mayo de 2018 el Ing. Hermann Pankow presentó ante la Fiscalía la primera denuncia penal sobre el fracaso del metrobús, en representación de los frentistas que se vieron perjudicados por la fallida obra.
Lea más: Fiscalía imputó a Jiménez Gaona y dos exfuncionarios por el fiasco metrobús
Caso metrobús al borde de la prescripción
Durante la administración de la ex fiscala general Sandra Quiñónez no hubo ni un solo imputado ni tampoco avances en las investigaciones, que al inicio estuvieron a cargo de la agente Nathalia Silva, luego de los fiscales Alcides Corvalán y Esmilda Álvarez, respectivamente.
A poco tiempo de que el caso prescriba, en mayo del año 2023, la actual fiscal de caso María Estefanía González, nombrada en 2022, continuó con las pesquisas y realizó las audiencias indagatorias a los denunciados, en el mes de febrero del año pasado.
De acuerdo a lo señalado por la fiscal, con la diligencia se interrumpió el plazo de prescripción (5 años) como establece el Código Penal, atendiendo que esta es la pena máxima por el hecho de lesión de confianza.
Lea más: Caso Metrobús: auditoría detectó falta de autorizaciones y millonarios ajustes para obras
Imputación por caso metrobús
Según la imputación fiscal, entre 2013 y 2018 Jiménez Gaona, en su calidad de ministro, teniendo la obligación de coordinar, supervisar y controlar las actividades del MOPC, no habría cumplido con exigencias requeridas de manera previa y durante la ejecución de la obra que impidieron la viabilidad de la culminación de los trabajos emprendidos por la firma Mota Engil Ingeniería y Construcción SA.