Cargando...
A pedido de la Fiscalía, la jueza de Garantías Diana Carvallo reabrió la causa penal conocida como “EMPO” y fijó para el miércoles 22 de noviembre de 2023, a las 8:00, la audiencia preliminar para el exintendente de Asunción Mario Ferreiro, el actual intendente, Óscar “Nenecho” Rodríguez, y otros diez procesados.
Además del actual intendente y su antecesor, el fiscal José Martín Morínigo solicitó el sobreseimiento definitivo para los concejales Javier Catalino Pintos Báez, Silvia Fabiana Benegas de Sánchez, Mariano Ariel Cáceres, Karen Lilian Focado, René Gabriel Calonga Acevedo, Augusto Isidro Concepción Wagner Lezcano, Félix Manuel Ayala Ruiz Díaz, Humberto Blasco, Ireneo Román Villalba y Elena Stael Alfonsi Samaniego.
Lea más: Caso Empo: fiscala pide sobreseer provisoriamente a Mario y a Nenecho
Todos fueron imputados en octubre de 2020 por la fiscala Stella Mary Cano por el supuesto hecho punible de producción de documentos no auténticos, en base a la denuncia hecha el 19 de octubre de 2018, en referencia a la ejecución del contrato suscripto por EMPO LTDA SA para prestación de servicios de disposición final de residuos sólidos urbanos y de servicios complementarios.
En agosto de 2021, la fiscala Stella Mary Cano solicitó al juzgado de Garantías el sobreseimiento provisional de los procesados. Dicha postura fue ratificada por el fiscal adjunto Federico Espinoza, por Dictamen N° 1.934 del 10 de octubre de 2022, ante el trámite de oposición que imprimió el juzgado.
Argumentos para el “blanqueo” de Nenecho y Mario Ferreiro
El fiscal José Morínigo argumenta que agotó todas las diligencias propuestas en la etapa procesal y no cuenta con elementos suficientes para solicitar la apertura del juicio oral y que ya no es viable otro conclusivo, de conformidad a la garantía procesal establecida en el Artículo 17 inciso 1° de la Constitucional Nacional, en congruencia con los postulados esenciales del Estado de Derecho que subsiste el estado de inocencia de los imputados.
Lea más: Caso Empo: imputan a Ferreiro, Nenecho y a más de una decena de concejales
Agrega que para formular una acusación el Ministerio Público requiere la existencia del grado de certeza que los imputados tenían conocimiento de que la empresa EMPO Ltda. utilizaría documentos no auténticos para el cobro de los servicios prestados en el mes de febrero de 2018 y, por lo tanto, no se puede determinar la participación de los imputados en los hechos acontecidos.
“Por un lado, no se ha alcanzado el grado de certeza negativa que requiere el sobreseimiento y tampoco se cuenta con elementos para fundar una acusación, ya que la fase investigativa se ha agotado. Por lo que, la solución correcta y, ajustada a derecho, para el estado de incertidumbre insuperable es también el sobreseimiento”, resalta parte del escrito presentado por el agente del Ministerio Público.
Sobre el punto, Morínigo destaca además que, con los elementos incorporados en el cuaderno de investigación fiscal, existe una duda insuperable con relación a una conducta dolosa desarrollada por los imputados en la presente causa penal.
Lea más: Mario Ferreiro vetó restricciones sobre vertedero Cateura
Acusación contra fiscala ante el JEM
El abogado Guillermo Ferreiro, por derecho propio, planteó una acusación en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) contra la fiscala Stella Mary Cano Garcete, por supuesto mal desempeño de funciones.
El letrado argumentó que en la audiencia preliminar del caso EMPO, en vez de solicitar el sobreseimiento definitivo de los imputados, la agente requirió el sobreseimiento provisional del entonces intendente de Asunción Mario Ferreiro y el actual jefe comunal, Óscar “Nenecho” Rodríguez.
Lo que agravia a la defensa de Mario Ferreiro es que la fiscala Cano Garcete utilizó el argumento para mantener el proceso penal a los imputados que el sobreseimiento provisional es para producir más pruebas de descargo.
Lea más: Nueva acusación ante el JEM contra la fiscala Stella Mary Cano, esta vez por caso Empo
Es decir, a criterio del Abg. Guillermo Ferreiro, al no tener pruebas que demuestren la participación de los imputados, la agente del Ministerio Público debió solicitar el sobreseimiento definitivo en la primera audiencia preliminar y no pretender demostrar que los procesados son doblemente inocentes.