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La orden de captura y remisión del condenado exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez fue dispuesta por la jueza de ejecución penal Sandra Kirchhofer para dar cumplimiento a la condena de 8 años de cárcel dictada en diciembre del 2021.
En la ocasión, el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, presidido por Yolanda Portillo e integrado por Yolanda Morel y Elsa García, declaró a Roberto Cárdenas Ramírez culpable de los hechos punibles de lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción y lo sentenció a 8 años de cárcel.
Además del ex jefe comunal, también fueron condenados en la ocasión el exdirector de Administración y Finanzas de la comuna lambareña Guido Fernando Salcedo Díaz, a 6 años de prisión; el encargado de la Dirección de Obras del municipio, Carlos María Mendieta Candia, a 3 años de pena privativa de libertad, y el titular de la empresa ADC Construcciones, Alejandrino Duarte Centurión, a 3 años de cárcel.
Todos fueron condenados como autores del hecho punible de lesión de confianza y, en el caso de los dos últimos, también como cómplices del delito de actividades peligrosas en la construcción.
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La decisión fue recurrida en instancias superiores y recientemente la sala penal de la Corte Suprema de Justicia descartó el recurso de casación planteado por la defensa contra el fallo condenatorio, decisión comunicada al juzgado de ejecución de sentencia.
Notificada de la decisión de la máxima instancia judicial, la magistrada Kirchhofer dejó sin efecto las medidas sustitutivas de prisión que tenía Cárdenas y ordenó la captura del mismo, librando para el efecto el oficio correspondiente a la Comandancia de la Policía Nacional.
Acción de Roberto Cárdenas motivó cese de orden de captura
Informado de la decisión, el abogado David Florentín, defensor del ex intendente lambareño, presentó un escrito ante el juzgado de ejecución de sentencia informando que presentó una acción de inconstitucionalidad contra la condena y, por lo tanto, la misma no se encontraba firme.
Por este motivo, la jueza Kirchhofer se vio obligada a dejar sin efecto su resolución y dispuso el cese de la orden de captura emitida, hasta tanto quede firme la sentencia condenatoria.
“Lo que pasó ahí es que cuando la magistrada fue notificada de que la casación fue descartada, entendió que la sentencia quedó firme. Cuando me entero de que la jueza ordenó la captura, presenté un escrito al juzgado en el que informo que hemos presentado una acción de inconstitucionalidad y, por lo tanto, la sentencia no está firme aún. Por eso, la magistrada dejó sin efecto la orden de captura contra mi defendido”, explicó Florentín, tras comentar que los oficios correspondientes ya han sido diligenciados.
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Los hechos que motivaron la condena a Roberto Cárdenas
En esta causa específica, los fiscales Luis Said, Carina Sánchez y Teresita Torres probaron en el juicio oral que Cárdenas y los demás condenados ocasionaron al municipio lambareño un daño patrimonial de G. 859.155.192, mediante la construcción de obras, remodelación y ampliación, realizadas con dinero del Fonacide en 15 instituciones educativas de la ciudad, entre noviembre de 2012 y diciembre de 2013.
La Municipalidad de Lambaré recibió los fondos del Fonacide para mejoras edilicias de instituciones educativas y el entonces intendente realizó transferencias a 14 colegios y a la Supervisión de Apoyo y Control Administrativo de la ciudad.
Multicondenas de Cárdenas por hechos de corrupción
Roberto Cárdenas recibió cuatro condenas por corrupción pública, sin embargo, en una de ellas (pena de 4 años de cárcel) fue “blanqueado” por la Cámara de Apelaciones de Central y ratificado por la Sala Constitucional al rechazar “in límine” una acción de inconstitucionalidad que promovió el Ministerio Público contra la decisión del Tribunal de Alzada. Fue por la utilización irregular de fondos del Fonacide por G. 266 millones que destinarse para mejoras en el Colegio de Lambaré.
El exintendente lambareño planteó un recurso extraordinario de casación que es analizado por la Sala Penal de la Corte, luego de que la Cámara de Apelaciones de Central confirmara su sentencia de 8 años de prisión por haber causado un perjuicio de unos G. 859 millones utilizados para la construcción y remodelación de unas 15 aulas de cuatro colegios de Lambaré, que resultaron tener una deficiente edificación.
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Cárdenas asimismo tiene otra condena de 2 años de prisión por lesión de confianza por haber desviado fondos de royalties y de pavimentación por más de G. 5.000 millones. El tribunal de sentencia integrado con los jueces Alicia Orrego, Blas Imas y Lilian Flores, fue el que le impuso la pena indulgente al exintendente. Imas había votado, incluso, por la absolución. Esta condena debe ser reanalizada en un nuevo juicio oral y público.
La cuarta condena de Cárdenas es la pena de 2 años de prisión por usurpación de funciones públicas, por haber firmado en el 2015 un contrato para la provisión de almuerzo escolar por un poco más de G. 3.000 millones, cuando ya no era intendente de Lambaré. Por esta sentencia el exintendente de Lambaré está preso en la cárcel de Tacumbú desde el pasado 11 de noviembre.