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Los camaristas Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y Emiliano Rolón, miembros del Tribunal de Apelación en lo penal, Cuarta sala, ratificaron la resolución dictada el 8 de setiembre último por la jueza penal de ejecución Sandra Kirchhofer, quien rechazó el pedido de salidas transitorias del colombiano condenado por narcotráfico Octavio Vargas Muñoz.
En su resolución, Kirchhofer dispuso además que el extranjero reciba tratamiento psicológico cada 15 días durante 1 año en su lugar de reclusión: la penitenciaría Industrial Esperanza.
“Para esta Magistratura existen aún ciertos indicadores negativos en la personalidad de Octavio Vargas Muñoz revelados al momento de los análisis psicológicos practicados por las profesionales de la Oficina Forense, que deben ser superados previamente, en el sentido de que el interno pueda lograr fortalecer el área psicológica y mejorar las condiciones que lo impulsaron a delinquir, debiendo someterse a un tratamiento psicológico dentro de su lugar de reclusión, para ayudarlo a un cambio en pro de una vida en pro de su reinserción social”, argumentó la jueza.
Esta decisión fue apelada por la defensa, a cargo del abogado Jorge Fernández, quien alegó, entre otras cosas, que el 2 de abril pasado su cliente ya cumplió la mitad de la condena de 15 años de cárcel (uno de los requisitos para acceder a las salidas transitorias) y que el Consejo Asesor de la Unidad Penitenciaria recomendó su traslado a otro establecimiento penitenciario con régimen semiabierto.
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“Nada impide que mi defendido pueda realizar el tratamiento de manera ambulatoria conjuntamente con las salidas transitorias”, alegó el defensor.
Fiscala se opuso a salidas transitorias de condenado por narcotráfico
La fiscala de ejecución Liz Cowan se opuso a la concesión de medidas, tras afirmar que no se dan los requisitos para otorgar dicho beneficio a Vargas Muñoz.
“(...) se debe tener en cuenta que no tiene un lugar estable donde cumplir el beneficio, pues es una casa alquilada sin contrato. También dio varias versiones sobre las circunstancias del hecho punible que fue condenado, donde no asume su responsabilidad, por lo que no se puede tener una prognosis en positivo que el mismo lleve una vida sin delinquir”, indicó la fiscala.
Por otra parte, Cowan resaltó que el colombiano ni siquiera cuenta con radicación en el país, al que ingresó de forma ilegal.
Para Tribunal, no se cumplen todos los requisitos
El camarista preopinante Arnaldo Fleitas afirmó que la resolución está debidamente fundamentada y no corresponde modificarla por estar ajustada a derecho.
“Sobre los aspectos del decisorio, precedentemente mencionados, cabe señalar que el condenado cuenta, como disvalores los mencionados por la a-quo en su resolución, indicadores del riesgo real que presenta. En efecto, es persona no arraigada en el país, sin perspectiva de conducirse conforme a las leyes nacionales, los cuales hacen a la justificación de lo sostenido en la resolución impugnada”, afirmó el camarista Emiliano Rolón.
A su vez, el magistrado Arnulfo Arias se adhirió a los votos de su colegas, por los mismos fundamentos.
Arresto irregular derivó en destitución de jueza
El 20 de noviembre del 2020, Vargas protagonizó un escándalo judicial al descubrirse que había sido favorecido con arresto domiciliario de forma irregular. La medida fue dictada en un expediente clonado, pues la causa está a cargo de otro juzgado.
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En la fecha indicada, la Corte Suprema de Justicia realizó una sesión extraordinaria con el único objeto de informar sobre el caso, oportunidad en que precisaron que el extranjero -que sólo había cumplido 5 años de su condena de 15 años- no se encontraba en su domicilio cuando funcionarios judiciales se constituyeron.
Tras la amplia difusión del caso, Vargas se presentó a la noche en la Oficina de Atención Permanente del Palacio de Justicia para darse por detenido. En declaraciones a este diario, dijo que justamente cuando los funcionarios judiciales se constituyeron en su domicilio se encontraba consultando por sospecha de covid en el Hospital de Barrio Obrero.
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Luego de ordenar la realización de una auditoría al caso, la Corte suspendió sin goce de sueldo a la jueza de ejecución Mercedes Aguirre, a sus actuarias Nadia María Aguirre Pereira y Nora Carolina Céspedes Ledezma y al médico forense José Nicolás Lezcano.
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Posteriormente, la magistrada Mercedes Aguirre fue destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.