Senado aprueba proyecto de ley que busca obligar a empresas a publicar estructura de costos de combustible

La Cámara de Senadores aprobó en la sesión ordinaria de la fecha el proyecto de ley “Que establece medidas de transparencia y publicidad sobre la estructura de costos y precios de facturación de combustibles”, que obligará a publicar los datos a los distribuidores privados. El plan incluso prevé sanciones penales.

Un proyecto de ley busca que los distribuidores privados informen la estructura de costos de los combustibles a la ciudadanía.
Un proyecto de ley busca que los distribuidores privados informen la estructura de costos de los combustibles a la ciudadanía.Gustavo Machado

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La normativa aprobada por el Senado pasa a consideración de la Cámara de Diputados y básicamente tiene por objeto “establecer medidas de transparencia y publicidad de la estructura de costos, además “los precios de facturación de combustibles”, datos que obligatoriamente deberán ser publicados en la página del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).

Concretamente, los distribuidores privados de combustible, al igual que Petropar, estarán obligados a publicar estructura de costos, que estará conformada por el costo internacional al cual fue adquirido el combustible derivado del petróleo (con el tipo de cambio), el premio o plus, los gastos de internalización que comprenden los costos de flete fluvial, seguro, servicio de valoración aduanera, honorarios de despachante, control e inspección y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

Además se tendrán en cuenta los biocombustibles, inventarios, gastos operativos, y los demás que sean establecidos por la autoridad de aplicación. “La transparencia de estos precios va a obligar a los emblemas privados a tener que obligatoriamente responder a eso y sepamos quienes son los que especulan”, expresó el senador Jorge Querey, uno de los proyectistas.

Empresas deberán informar al MIC como Declaración Jurada

Según el proyecto, la autoridad de aplicación y control, en este caso el MIC, publicará la estructura de costo y el precio de facturación de conformidad con lo que se establezca en la reglamentación de plan normativo.

En este sentido, las empresas están obligadas a remitir la información requerida para el cumplimiento de la presente ley, la cual será proveída como Declaración Jurada. La actualización y publicación de la estructura de costos y el precio de facturación para cada tipo de combustible se realiza en forma mensual.

La firma que incumpla con el plan normativo o que facilite información falsa al MIC, hasta podrá ser sancionada penalmente, justamente porque los datos facilitados por los emblemas tendrán un carácter de Declaración Jurada.

El proyecto fue presentado por los senadores Georgia Arrúa, Fidel Zavala, Stephan Rasmussen, Patrick Kemper, Amado Florentin, Arnaldo Franco, Carlos Filizzola, Esperanza Martínez, Fernando Lugo, Hugo Richer, Miguel Fulgencio Rodríguez, Jorge Querey y Sixto Pereira.

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