Corte rechaza acción de RGD y se fijará fecha de preliminar en el caso de robo de cheques

La Sala Constitucional de la Corte confirmó la imputación contra Ramón González Daher en el caso de robo de 471 cheques en la causa penal de quebrantamiento de depósito y extorsión en el que que está procesado. La Fiscalía solicitó sobreseimiento provisional.

En los audios, quien sería Ramón González Daher se jacta de comandar  un pelotón de policías para  “pescar” a un deudor.
Ramón González Daher, procesado por el robo de cheques.Archivo, ABC Color

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Por Auto Interlocutorio AI N° 1051 del 27 de julio de 2022 emanado de la Sala Constitucional de la Corte, rechazó “in limine” la acción de inconstitucionalidad que promovió el exdirigente deportivo en el caso caratulado “Ramón González Daher s/ quebrantamiento de depósito y extorsión”, Año 2022, Nº 399. La acción fue promovida contra los A.I. Nº 18 de fecha 18 de enero de 2022, dictado por el Juzgado Penal de Garantías Nº 9 a cargo de la jueza Cynthia Lovera, y el A.I. Nº 23 de fecha 22 de febrero de 2022, diispuesto por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Tercera Sala, de esta Capital, por cuyos fallos se habían confirmado la imputación por quebrantamiento de depósito y extorsión por el robo de 471 cheques.

Con la decisión de la Sala Constitucional de la Corte, de rechazar in limine la acción promovida por González Daher, integrada con los ministros Antonio Fretes, César Diesel y Víctor Ríos Ojeda, el expediente debe bajar al juzgado de garantías para que se fije la fecha de audiencia preliminar en el caso del robo de 471 cheques que eran guardados en el juzgado de garantías del juez Humberto Otazú, como evidencia contra el exdirigente deportivo en el proceso que entonces estaba enfrentando por usura y lavado de dinero.

Opinión de la Corte para el rechazo de la acción

Los ministros Antonio Fretes y Víctor Ríos Ojeda opinaron que la cuestión a ser dilucidada en la presente causa está aún en sus inicios y en pleno trámite, lo cual significa que se halla pendiente de resolución judicial definitiva, situación que torna inviable el trámite de la acción de inconstitucionalidad. Por esta razón, corresponde el rechazo de la acción sin más trámite, argumentaron.

Por su parte, el ministro César Diesel opinó que la acción de inconstitucionalidad planteada por Ramón Mario González Daher, por derecho propio y bajo patrocinio del Abg. Adán Cristian Giubi Pont debía ser rechazada in limine. “No obstante, opino que el motivo del rechazo radica simplemente en que el accionante no ha justificado la lesión constitucional alegada, en los términos solicitados por los Arts. 557 del Código Procesal Penal y 12 de la Ley Nº 609 /9 5 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.

Pedido de sobreseimiento provisional

Los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA) Luis Lionel Piñánez y Néstor Coronel solicitaron a inicios de julio pasado, al juzgado penal de garantías a cargo del juez Rolando Duarte, el sobreseimiento provisional, quien debe fijar fecha de audiencia preliminar para sustanciar el pedido de los agentes del Ministerio Público.

“El imputado Ramón Mario González Daher fue vinculado al proceso por una sospecha razonable pero que a través de la investigación aún no se erigen en certeros o concluyentes y que, en definitiva, resultan insuficientes para llevarlo a juicio oral y público”, resalta en una parte del escrito conclusivo presentado en la noche del domingo último por los agentes de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción.

Los fiscales agregan que el pedido de sobreseimiento provisional de RGD obedece a que el Ministerio Público no cuenta aún con todos los elementos requeridos para la comprobación fehaciente del hecho punible denunciado por el empresario Alberto Antebi y la autoría de exdirigente de fútbol. No obstante, consideran que es posible obtener dichos elementos probatorios a través de varias diligencias pendientes.

Antecedentes

Por Auto Interlocutorio (AI) Nº 23 de fecha 22 de febrero de 2022, los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, miembros del Tribunal de Apelación Penal 3ª de la Capital, atendieron la contestación de los fiscales Luis Piñánez y Néstor Coronel, y decidieron confirmar por unanimidad el Auto Interlocutorio Nº 18 del 18 de enero de 2022, emanado de la jueza penal de Garantías Cynthia Lovera por el cual rechazó el incidente de nulidad de la imputación, planteado por los abogados defensores Jorge Bogarín y Bettina Legal.

Con este fallo del Tribunal de Alzada se confirmó la imputación presentada por la fiscala Natalia Cacavelos contra Ramón González Daher, por quebrantamiento de depósito y extorsión, por el presunto robo de unos 471 cheques del Juzgado a cargo del juez Humberto Otazú, quien entendió en el 2021 la causa por usura y lavado de dinero, y que el 10 de diciembre de 2021 terminó con la condena del exdirigente de fútbol a 15 años de cárcel y su hijo Fernando González Karjallo a 5 años de prisión.

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