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Por disposición de los camaristas José Agustín Fernández, Andrea Vera Aldana y Delio Vera Navarro, René Olmedo Appleyard podrá abandonar su residencia en la que cumple arresto domiciliario de lunes a viernes en el horario de 07:30 a 23:00 y los días sábado, de 08:00 a 13:00, para trabajar y estudiar. Asimismo, la Cámara establece que el procesado por agresión sufrida por una joven en la disco Morgan en marzo pasado, contará con control policial aleatorio.
Para el efecto, el Tribunal de Apelación en lo penal, segunda sala, revocaron la resolución dictada el 21 de junio pasado por el juez penal de garantías Julián López, quien rechazó la petición de la defensa.
En aquella oportunidad, el magistrado López argumentó que el peligro de obstrucción a la investigación se encontraba latente, debido a que aún se encuentran pendientes de realización diligencias varias tales como declaraciones testificales, estudios psicológicos y la realización de una junta médica.
Para juez, permiso para estudiar no está justificado
Asimismo, el juez dijo que la defensa no justificó la necesidad de asistir a clases en forma presencial, puesto que existe la posibilidad de hacerlo de manera virtual, por lo que ratificó la medida restrictiva de libertad decretada el 23 de marzo pasado, sin variaciones.
“En cuanto al pedido para asistir a la facultad este Juzgado sigue sosteniendo que es importante mencionar que en la actualidad se han implementado clases virtuales a través de diferentes plataformas telemáticas por medio del cual el mismo puede acceder a continuar con sus estudios universitarios ya que no ha acreditado la obligatoriedad de las clases presenciales que eventualmente podría exigir la universidad donde el mismo realiza sus actividades académicas”, argumentó el magistrado.
El abogado querellante Norman Stanley, representante de la joven víctima Nara Ledesma, se opuso tenazmente a la concesión del beneficio requerido por la defensa.
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“Claramente, el imputado reside en una gran vivienda con sus necesidades plenamente cubiertas, no siendo el “trabajo” un elemento fundamental para su vida o su manutención, ni tampoco tiene una familia ni hijos que sostener ni tiene personas dependientes del mismo, es una persona muy joven, que cuenta con una familia que goza de un status económico privilegiado que va a ayudar a asistirlo en todas sus necesidades” , argumentó el querellante.
Argumento de la Cámara
Sin embargo, los camaristas destacaron que la petición de la defensa contó la anuencia del Ministerio Público, además de tratarse de una persona joven que ha demostrado que se encuentra matriculado en una universidad y que cuenta con trabajo remunerado.
“(...) Es procedente permitir que una persona joven que está siendo investigada por el Estado, siga cursando sus estudios y además, realice sus labores es imperioso asegurar, conforme ha sido acreditado fehacientemente a fs. 229 con el certificado de trabajo donde consta la antigüedad, la función y el horario que el incoado cumple en su puesto laboral, además y, a fs. 23O/232 consta de igual manera las constancias académicas de la Universidad en donde se refiere su matriculación y las carreras que el citado ya ha cursado” señala la resolución.
Sobre el punto, la camarista Vera Aldana destacó la importancia de no convertir la prisión preventiva en una pena anticipada y destacó un fallo de la Corte Suprema de Justicia que recuerda el carácter excepcional de la medida restrictiva de libertad.
La agresión en Morgan
El 5 de marzo pasado, la joven Nara Ledesma, de 21 años, sufrió una herida cortante en la frente, tras recibir el impacto de una copa de vidrio, en el local Morgan Warehouse”,Asunción. Los videos de las cámaras de circuito cerrado del local captaron el momento en que René Olmedo arroja la copa y luego continúa bailando.
La víctima denunció el hecho a través de redes sociales, tras lo cual la fiscala de turno Natalia Cacavelos pidió informe a la Policía Nacional sobre de lo ocurrido y tras analizar otros elementos como reporte médico, entre otros, imputó a René Olmedo por supuesta lesión grave.