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El juez de Garantías Yoan Paul López ordenó la prisión preventiva en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú del funcionario judicial Iván Alejandro Maciel Acosta (38), procesado por presunto abuso sexual en niños, en el que fue víctima una niña de 13 años que es alumna suya en una escuela de fútbol, según la denuncia presentada el pasado 21 de mayo ante la Comisaría 11ª de Asunción, por parte de la madre de la menor de edad presuntamente abusada.
Según la denuncia, el 21 de mayo, en horas de la tarde, la niña de 13 años se encontraba en el domicilio de su madrina. En un momento dado salió del lugar y no regresó más, por lo que su madre y su madrina salieron a buscarla en la vía pública, realizando igualmente insistentes llamadas telefónicas al celular de la menor, con resultado infructuoso.
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Luego de varias horas la niña de 13 años regresó a la casa y ante el reclamo de la madre decidió contar que mantenía conversaciones telefónicas vía Whatsapp con su profesor de fútbol de nombre Iván Alejandro Maciel Acosta.
La denuncia refiere que la menor quedó en encontrarse con su profesor al costado del colegio Luis Alberto de Herrera, de Asunción, donde el ahora procesado pasó a buscarla a bordo de su vehículo y la llevó hasta un motel, donde abusó sexualmente de ella.
Argumentos de la prisión preventiva
La defensa de Maciel Acosta, ejercida por las abogadas Zunilda Ayala y Lucila Rivas, solicitó el arresto domiciliario del procesado con el argumento de que es una persona que cuenta con el arraigo suficiente y con una fuente formal de trabajo. Agregaron que “tampoco puede obstruir la investigación, por lo que una medida menos lesiva resulta favorablemente suficiente para evitar el peligro de fuga y la obstrucción de investigación”.
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Sin embargo, el juez Yoan Paul López consideró que no existe una medida alternativa a la prisión preventiva que pueda ser aplicada a Maciel Acosta, teniendo en cuenta que el hecho punible por el que está procesado tienen una expectativa de pena de hasta 15 años de cárcel, lo que hace que existe el peligro de fuga.
En cuanto al peligro de obstrucción, el magistrado indicó que el presunto abusador tiene alto poder de sugestión y de influir y obstruir actos concretos de investigación, puesto que atendiendo la situación procesal actual, no existe una variación que pueda hacer concluir la incorporación de hechos nuevos a favor del mismo.