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El juez Carlos Hermosilla, presidente del Tribunal de Sentencia Unipersonal, rechazó la sustanciación del juicio oral en la causa “PABLO ERNESTO LEMIR MARCHESE S/ CALUMNIA Y OTROS”, que promovió Gerardo Stadecker, acusado de supuesto feminicidio, contra el director del Medicina Forense del Ministerio Público.
El inició del juicio oral al Dr. Pablo Lemir estaba fijado para ayer (martes 22 de marzo). En la etapa de incidentes previos la abogada Romina Rolón, defensora del profesional forense, planteó una excepción de extemporaneidad por obstáculo legal, en la promoción de la querella.
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Por su parte el abogado Federico Campos López Moreira, representante del querellante Gerardo Stadecker, pidió que se rechace el incidente, alegando el Artículo 102 del Código Penal que habla de la prescripción y establece que “el plazo correrá desde el momento en que termine la conducta punible. En caso de ocurrir posteriormente un resultado que pertenezca al tipo legal, el plazo correrá desde ese momento”.
Luego de escuchar la petición de las partes, el juez Carlos Hermosilla hizo lugar al planteamiento de la defensa y rechazó la sustanciación del juicio oral por supuesta calumnia, difamación e injuria, con el argumento que la víctima presentó la querella fuera del plazo de 6 meses que establece el Artículo 98 del Código Penal.
Querella insiste en llevar a juicio oral a Lemir
El representante de la querella, abog. Federico Campos López Moreira, anunció que apelará la decisión del Tribunal de Sentencia Unipersonal para que un Tribunal de Apelación resuelva si se hará o no el juicio oral para discutir los supuestos hechos punibles que, según afirmó, cometió el forense Pablo Lemir.
“Lamentablemente acá vemos nuevamente un pilatismo jurídico a favor de una persona que le ha hecho mucho daño al Paraguay, pero esto no significa ni sobreseimiento ni la absolución de Lemir”, puntualizó el letrado.
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Campos agregó que los delitos atribuidos por la querella a Lemir son perennes y continuos, ya que ni la calumnia ni la difamación ni la injuria han acabado, y por ende tampoco el daño que le causa a Gerardo Stadecker.
Calificó de “dilación” el planteamiento que hizo la defensa en la etapa incidental y que fue para que Lemir no enfrente el fondo de la cuestión, que según resaltó el representante de la querella “es haber prejuzgado sobre un inocente”.
Stadecker afrontará juicio oral por presunto feminicidio
Según los antecedentes el Dr. Lemir concluyó, luego de la autopsia realizada al cuerpo de Sabryna Breuer Rodríguez Alcalá, que ella habría tenido una muerte violenta, específicamente por asfixia mecánica por estrangulamiento y golpe fuerte que provocó la rotura de su ventrículo derecho.
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Debido a ese hecho Gerardo Stadecker, su entonces marido, está actualmente acusado por supuesto feminicidio, y afrontará juicio oral y público desde el próximo 30 de marzo. El juzgamiento estará a cargo del Tribunal de Sentencia presidido por Blanca Gorostiaga e integrado por Manuel Aguirre y Lourdes Peña.
El crimen sucedió el 17 de diciembre de 2017 y según la querella el médico forense Pablo Lemir “se extralimitó” en su informe sobre la causa de muerte de Sabryna Breuer. “Lemir se recibió de especialista forense un año después de la inspección a Sabryna. Ni siquiera tenía título, él no era patólogo. Para ejercer y hacer un dictamen que le puede hacer perder la libertad a alguien por lo menos debes tener un título”, criticó Campos.