Proponen derogar norma que extingue acción penal por reparación del daño

En los procesos penales por perjuicio al Estado, los acusados buscan blanquearse y plantean la extinción del caso con la reparación del daño. El abogado Claudio Lovera dice que la ley así lo señala, pero propone derogar dicho artículo del Código Procesal Penal, porque beneficiaría solo a gente con poder económico.

El abogado Claudio Lovera, defensor del extitular de la Dinac Édgar Melgarejo, anoche en el programa Expediente Abierto de ABC TV.
El abogado Claudio Lovera, defensor del extitular de la Dinac Édgar Melgarejo, anoche en el programa Expediente Abierto de ABC TV.

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El programa Expediente Abierto, emitido todos los domingos de 19 a 20:00 por ABC, analizó anoche lo que establece el Código Procesal Penal en el artículo 25 inciso 10, sobre la posibilidad de extinguir una acción penal por la reparación del daño. Esta norma benefició, entre otros, al diputado colorado Tomás Rivas, blanqueado en el caso de sus “caseros de oro” luego de devolver a la Cámara de Diputados el dinero cobrado irregularmente por sus tres caseros.

El artículo 25 inciso 10 indica que “en los hechos punibles contra los bienes de las personas o en los hechos punibles culposos, por la reparación integral del daño particular o social causado, realizada antes del juicio, siempre que lo admita la víctima o el Ministerio Público, según el caso”.

El abogado Claudio Lovera, defensor del extitular de la Dinac Édgar Melgarejo en la causa conocida como “tapabocas de oro”, además de catedrático en cursos de postgrado, aseguró que el inciso 10 del artículo 25 del CPP debe ser derogado porque a su criterio beneficia solo a las procesados con poder económico.

En ciertos casos puede ser injusto porque beneficia a quienes tienen capacidad económica para pagar. La ley no debería estar sujeta a que la persona procesada tenga o no la capacidad de pagar”, puntualizó el letrado.

Sin embargo, aclaró que como está actualmente la norma la misma permite la extinción del caso con la reparación del daño.

Es decir, con la devolución de casi G. 120 millones a la Dinac, con el acuerdo de la Procuraduría, Melgarejo y los demás acusados tendrían que ser desvinculados del proceso penal abierto por robo en plena pandemia.

Otra defensa incluso planteó la falta de acción del Ministerio Público, o sea que la justicia le excluya del caso a la Fiscalía, ya que se acordó con la víctima (Dinac).

La otra causa en la que también se pretende la extinción de la acción, es por la compra de agua tónica en Petropar. La extitular Patricia Samudio y su esposo José Costa Perdomo, también quieren desvincularse del proceso, teniendo en cuenta que se devolvieron casi G. 360 millones a Petropar, monto del daño ocasionado, según la acusación fiscal.

El Ministerio Público sostiene que además del acuerdo de la víctima se requiere el visto bueno de la institución. Los fiscales insisten en ir a juicio oral y público en estos y otros sonados casos de robo en pandemia.

Defensa volvió a trabar preliminar

El pasado 8 de marzo debió realizarse la audiencia preliminar para el extitular de la Dinac Édgar “Beto” Melgarejo y otros seis acusados por el caso “tapabocas de oro”, adquiridos en plena pandemia.

La diligencia volvió a suspenderse debido a una apelación que presentó la defensa de Fernando Gallardo de Brix, uno de los acusados, alegando que está pendiente la decisión de la Sala Constitucional de la Corte Suprema sobre una excepción por falta de acción. La defensa sostiene que la causa ya se extinguió porque el supuesto perjuicio, por G. 119 millones, ya fue reparado.

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