No fue aumento, solo se equiparó el salario mínimo ganadero al legal vigente, explica el MTESS

La Resolución 127/ 22 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) lo que hizo fue equiparar el salario de los trabajadores rurales al mínimo legal vigente, tal como lo establece el Art.92 de la Constitución Nacional y el Art. 228 del Código Laboral, que era de G. 813.517 por mes para la categoría A y G. 1.118.431 por mes para la B, haciendo que se igualen a todas las otras actividades económicas, en G. 2.289.324 por mes, explicó el viceministro, Luis Orué.

Viceministro de Trabajo, Luis Orué
Viceministro de Trabajo, Luis Orué

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Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de una remuneración que le asegure, a él y a su familia, una existencia libre y digna, según reza el artículo 92 de la Constitución Nacional, el Instituto de Previsión Social (IPS), actualmente tiene registrados a alrededor de 20.000 trabajadores en el sector ganadero, de los cuales unos 14.000 perciben el salario mínimo legal vigente y la nueva resolución beneficiará a un poco más de 6.000 trabajadores, según explicó el viceministro de Trabajo, Luis Orué.

Consultado sobre el reclamo sobre la unilateralidad en la decisión, que se realizó desde el sector ganadero, replicó que desde su punto de vista no se puede hablar de unilateralidad, porque la Comisión Nacional de Salario Mínimo (Conasam) convocó el año pasado a una reunión para tratar este tema y no se presentó el representante del sector empresarial, solo el del sector obrero.

Argumentó que por eso, la directora nacional de Trabajo solicitó un dictamen jurídico a la asesoría del MTESS, que recomendó que se equipare el salario en el sector ganadero al sueldo mínimo legal vigente, porque que ya no tenía sustento legal. “Por tanto en base a las atribuciones que la Ley 5115/13 confiere, la ministra Carla Bacigalupo igualó el salario de los trabajadores de este sector.

“Hay que entender que solamente la ley puede establecer un mínimo legal de salario tal como lo establece la Constitución, es decir al no existir norma legal especial que establezca un monto distinto, se tiene que establecer lo que dice la Constitución Nacional, entonces debe ser el mínimo legal vigente para actividades diversas”, manifestó.

Comentó que las resoluciones anteriores establecían un salario diferenciado en dos categorías: A, para establecimientos con hasta 4.000 cabezas, el mínimo era de G. 813.517 por mes, o G. 31.289 de jornal diario; B, para establecimientos desde 4.001 cabezas a más, el sueldo mínimo era de G. 1.118.431 por mes, y G. 43.017 de jornal diario.

Orué explicó que el proceso de reclamos para poder aumentar el salario mínimo ganadero empezó en el año 2017, cuando las tres centrales obreras presentaron denuncias contra el país ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por lo que Paraguay entró en una lista negra.

“En el 2019 logramos sacar al país de esa lista, con varias acciones, entre ellas el compromiso de dignificar el sector rural; en el 2020, la OIT nos vuelve hacer una observación directa sobre el tema, posterior a eso luego de varias reuniones, controles y varias denuncias se convoca a la Conasam y se dictó la resolución”, indicó el viceministro.

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