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En el último punto del orden del día de este martes 8 de febrero, el presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) Jorge Bogarín Alfonso, propuso al pleno que se soliciten los informes sobre los 157 casos de “aprietes” que había denunciado públicamente el Tribunal de Sentencia cuando condenó a 15 años de cárcel al exdirigente deportivo Ramón González Daher, por los hechos punibles de lavado de dinero, usura y denuncia falsa, el 10 de diciembre de 2021.
El pedido de informes que se hará al Ministerio Público y a la Corte Suprema también tiene que ver con el trabajo de análisis de 156 casos, denunciados por el Tribunal de Sentencia, que iniciaron en diciembre del año pasado, sobre los cuales estas instituciones ya habrían terminado sus trabajos de auditoría para determinar la responsabilidad de los jueces y fiscales que se prestaron a los “aprietes” para favorecer al usurero exdirigente deportivo González Daher.
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En los casos de pedidos de informes también está incluido el del juez en lo civil y comercial Enrique Sanabria quien había concedido la libertad ambulatoria a González Daher, en otro causa abierto en que fue denunciado por usura. Según los trascendidos, el juez Sanabria tendría una relación cercana con el exdirigente deportivo luqueño. Inclusive se habla de que el juez habría solicitado un préstamo a González Daher años atrás.
La proposición de solicitud de informes relacionados con los “aprietes” fue acompañado por los demás miembros del Jurado. Es decir, además de Bogarín Alfonso, también estuvieron a favor los miembros Manuel de Jesús Ramírez Candia. Mónica Seifart de Martínez, Fernando Silva Facetti, Luis María Benítez Riera, Rodrigo Blanco Amarilla, Hernán David Rivas y Enrique Bacchetta.
El caso de la prescripción
Para iniciar la investigación preliminar que pretende el Jurado, antes es esencial unificar los criterios sobre la forma de aplicar la “prescripción” de los casos. La nueva ley del JEM dispone que las causas prescriben a los dos años, y a partir de ese momento ya no pueden ser perseguidas por este órgano.
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El punto de análisis para unificar los criterios es determinar a partir de qué hecho se inicia el cómputo de los dos años para aplicar la prescripción. Algunos miembros del Jurado tienen la posición de que este plazo se debe contar a partir de que el hecho fue conocido públicamente. Otros miembros sostienen que el plazo debe correr a partir de la fecha en que se cometió el delito.
Determinar el inicio para computar los dos años de prescripción será de vital importancia, ya que la mayoría de los casos denunciados por “aprietes” ya habrían prescripto por el transcurso del tiempo de ley, es decir, ya sobrepasaron los dos años.
Cuatro enjuiciamientos
En su sesión, el Jurado resolvió enjuiciar a cuatro magistrados, sin suspensión de funciones. Se trata de Blas Salvador Zorrilla, juez penal de Itapúa, Josefina Gunsett Melgarejo, jueza de primera instancia de Katueté, Ramón Alberto Florentín, juez de primera instancia interino de Curuguaty e Isabel Bracho, jueza penal de garantías de Lambaré.