Hacienda ya remitió a la Presidencia proyecto de decreto que reglamenta ley de reconducción de S.A.

La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales informó que ya se encuentra a consideración del Ejecutivo el decreto que reglamenta el régimen especial y transitorio para reconducción de Sociedades Anónimas (SA) incumplidoras de la Ley N° 5895/2017.

El Ministro de Hacienda, Óscar Llamosas, aseguró que hay avances en cuanto a la regularización del pago de bonificaciones a funcionarios públicos.
Una vez que se emita el decreto reglamentario, Hacienda estará recibiendo las solicitudes de comunicaciones asamblearias, de modificación de estatutos y otros trámites.Gustavo Machado

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La referida Dirección, dependiente del Ministerio de Hacienda, dio a conocer este martes un informe en donde señala que la Presidencia de la República promulgó en diciembre último la Ley N° 6872/21 que establece régimen especial para reconducción de S.A incumplidoras de la Ley N° 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones”, modificada por la Ley N° 6399/2019.

Adelantó, en ese sentido, que ya está a consideración del Ejecutivo el decreto reglamentario y, una vez aprobado el mismo, estarán recibiendo las solicitudes de comunicaciones asamblearias, de modificación de estatutos y otros trámites con alcance a esta ley. “Una vez emitida la disposición referida, se estará comunicando nuevamente a todos los usuarios”, indica el comunicado.

La Ley N° 6872 fue sancionada por el Congreso a fines de noviembre y remitida posteriormente a consideración del Ejecutivo, que lo promulgó el 15 de diciembre pasado y luego fue publicado en la Gaceta Oficial.

Canje de acciones al portador

La nueva normativa establece, entre otros puntos, que aquellas S.A. que no realizaron el canje de sus acciones al portador a acciones nominativas, podrán reconducir la sociedad sin que tengan que disolverla.

Durante el estudio del proyecto de ley en el Parlamento, se argumentó que entre 2.500 y 3.000 sociedades no llegarían en aquel entonces a canjear sus acciones, por lo que se planteaba la aprobación de la modificación.

Las sociedades estaban obligadas hasta el año pasado a canjear sus acciones al portador por nominativas y luego comunicar a la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales.

La eliminación de acciones al portador es una exigencia del Grupo de Acción Financiera Latinoamericana (Gafilat), que actualmente realiza una evaluación al país, que tiene por finalidad reconocer la titularidad de acciones y quienes son propietarios.

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