Promulgan ley que mantiene los envíos de dinero mediante billetera electrónica

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó la ley que mantiene las transferencias de dinero vía billetera electrónica a través de las telefonías. Este hecho generó la resistencia del gremio de bancos. La normativa fue firmada el 30 de diciembre pasado y publicada hoy en la Gaceta Oficial.

En Paraguay se procesan unas 10,3 millones de transacciones de giros y pago vía móvil al mes.
Mario Abdo Benítez promulgó la Ley que mantienen las transferencias de dinero vía billetera electrónica a través de las telefonías.GENTILEZA

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Mario Abdo Benítez promulgó la Ley N° 6822 “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas”, con lo cual se mantienen las transferencias de dinero vía billetera electrónica a través de las telefonías. La normativa fue firmada el 30 de diciembre pasado y publicada hoy en la Gaceta Oficial. La Ley entrará en vigencia a partir de los cuatro meses de su promulgación. Es decir, a finales de mayo de este año, de acuerdo al documento oficial.

El 17 de diciembre último, la Cámara de Senadores aceptó el veto parcial del Ejecutivo a la Ley “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas”. Previamente, también lo hizo la Cámara de Diputados el 1 de diciembre pasado.

Posturas encontradas

El proyecto de ley había generado un debate entre los legisladores que defendían la postura del gremio bancario versus los parlamentarios que consideraban que las transferencias de dinero vía telefonías favorecen más a la ciudadanía porque no pone mayores obstáculos.

Originalmente, la propuesta legislativa obligaba a la implementación de un sistema de identificación electrónica de alto nivel de seguridad para realizar las transferencias de dinero. Esto hubiese afectado a los usuarios de los servicios de las telefónicas y también atenta eventualmente contra la libre competencia, según las telefónicas.

El Banco Central del Paraguay, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y otras instituciones del Estado habían dictaminado en contra del artículo vetado (103), ya que ellos proponían que la rigidez de los sistemas de control se apliquen de manera progresiva, a fin de no afectar de la noche a la mañana a los servicios de billeteras electrónicas. El Gobierno sostiene que actualmente las billeteras electrónicas son la principal vía de inclusión económica de miles de ciudadanos a un sistema de envío de dinero de manera virtual.

“Esta disposición implicaría la generación de factores de exclusión financiera, configurándose en una barrera de acceso para personas de menores recursos y significaría un incentivo para el uso de dinero en efectivo”, advirtió el Ejecutivo en los argumentos del veto. Sugirió establecer de manera gradual mayores niveles de seguridad, “acorde al riesgo implícito de las transacciones, el cual puede ser realizado por vía reglamentaria, para evitar obstáculos a la inclusión financiera”.

Se realizaron incluso consultas a organizaciones internacionales y coincidieron en que los sistemas de seguridad se debían aplicar acorde al riesgo de las operaciones. “La implementación de la identificación electrónica en el ámbito financiero debe considerar indefectiblemente los criterios de usabilidad, interoperabilidad y accesibilidad”, concluyó el Ejecutivo.

Atentaba contra la competencia

La Comisión Nacional de la Competencia también había dictaminado que dicho artículo 103 atentaba contra la libre competencia, algo garantizado por el artículo 107 de la Constitución Nacional y además no existían estudios del impacto que la medida podría haber generado en los usuarios.

“No se cuentan con estudios detallados sobre la necesidad y el impacto de la norma en los consumidores y los agentes económicos para acreditar la justificación del establecimiento del nivel de seguridad alto para todas las transacciones electrónicas, por lo que la regulación propuesta limitaría injustificadamente el derecho a la competencia”, indicó la Conacom.

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