Hacienda pagó más de G. 2.000.000 a directores, jefes de departamentos y coordinadores

El Ministerio de Hacienda pagó más de G. 2.000.000 a los directores, jefes de departamentos y coordinadores en concepto de “subsidio familiar”, que fue acreditado junto con el salario y el aguinaldo correspondiente. En abril habían cobrado los funcionarios y fue muy cuestionado por la ciudadanía, que todavía está tratando de recuperarse de los golpes de la pandemia.

En Hacienda señalaron que se pagó solo a los que no habían recibido en abril el "subsidio familiar".
En Hacienda señalaron que se pagó solo a los que no habían recibido en abril el "subsidio familiar".

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El pago realizado en la cartera económica generó críticas en algunos grupos de WhatsApp de los funcionarios de la institución, porque consideraron injusto que fuera “solo para los jefes” dado que todos trabajaron para conseguir buenos resultados financieros.

El tema trascendió este miércoles y consultamos a Hacienda el tema, desde donde nos confirmaron que se abonó el beneficio a cerca de 200 funcionarios, entre ellos directores, jefes de departamentos y coordinadores (no incluye al ministro ni a los viceministros).

Argumentaron que este grupo no había cobrado en el mes de abril, cuando se otorgo este mismo monto a todos los funcionarios de la institución, más de 1.700 personas.

El beneficio extra se acreditó este mes con el pago del salario y el aguinaldo, equivale al sueldo mínimo vigente hasta junio, de G. 2.192.839, que es el monto establecido en la ley de presupuesto actual.

En abril se pagó a funcionarios

En el mes de abril Hacienda había abonado la referida bonificación equivalente al salario mínimo a todos los funcionarios de la institución, permanentes y contratados, no así a los jefes de departamento, coordinadores, directores, viceministros y el ministro, según el informe que en aquel entonces emitió la Dirección de Comunicación.

Los pagos realizado en ese entonces fueron muy criticados por la ciudadanía, debido a que en el sector privado muchas empresas seguían cerradas y los trabajadores suspendidos o cesados en sus labores a causa de la pandemia por covid-19.

En el sector público siempre se pagó salarios sin ningún retraso, incluso el año pasado del préstamo de emergencia se destinaron US$ 300 millones para asegurar el cumplimiento de los servicios personales en tiempo y forma.

A esto se suma que apenas se va recuperando la economía ya se pagó este año un aumento salarial del 11% para docentes, para el próximo se prevé otro 5% más y también recibirán bonificaciones e incremento salarial los médicos, así como funcionarios del Congreso, por citar algunos contemplados en el presupuesto 2022.

El denominado “subsidio familiar”, sin embargo, es una gratificación extra que se da en casi todas las instituciones públicas a principio de cada año y el próximo ejercicio no será la excepción, ya que se sigue manteniendo en el presupuesto a pesar de los cuestionamientos de la ciudadanía que es la que cubre estos gastos con el pago de los impuestos.

Clasificador presupuestario

El clasificador presupuestario del presupuesto 2021 define el subsidio familiar como asignación fijada al funcionario con cargo presupuestado en el anexo del personal que perciba hasta la suma de G. 2.192.839 mensuales, por cada hijo menor de 18 años, hasta un máximo de 3 hijos.

También es una asignación fijada al docente con cargo presupuestado en el anexo de personal del Ministerio de Educación y Ciencias, por cada hijo menor de 18 años, hasta un máximo de 4 hijos.

Además, comprende, “pagos únicos en concepto de subsidio o subvenciones por: nacimiento, defunción, escolaridad de hijos hasta la finalización de la educación media, gastos médicos extraordinarios y ayuda alimenticia, hasta la suma de G. 2.192.839 para cada concepto, con excepción del pago de alimentos para los guardiacárceles que será de hasta G. 1.700.000 por bimestre y de los gastos médicos extraordinarios”.

El clasificador expresa que los pagos serán asignados de acuerdo a las disposiciones reglamentarias de la presente ley, la disponibilidad de créditos presupuestarios, disponibilidad financiera y la reglamentación institucional concordante. Agrega que no podrán realizarse pagos en otros conceptos que no sean los mencionados precedentemente.

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