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Esta pregunta retórica, la hizo teniendo en cuenta la intención con la modificación de la “ley de diplomacia” de incluir a más personas sin formación diplomática o consular. Lo que muchos consideran tiene como fin incluir a hurreros y que derivaría en un agujero dentro del presupuesto para el Ministerio de Relaciones Exteriores.
En contacto con ABC AM 730, el exministro dijo que este proyecto limita a qué tipo de personas del escalafón debe elegir al presidente de la república. A su criterio no debería limitarse. Admite que existieron embajadores de origen político, en su momento, pero se debe convivir con ello, manifestó.
Sobre el tema en debate comentó que el concepto de este cambio es una una “mezcla total”, entre ley diplomática y consular, ley administrativa, ley profesional. Cree que la ley del servicio diplomático y consular debe ser única como dice el articulo 101, de la Constitución.
Artículo 101 - DE LOS FUNCIONARIOS Y DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS
Los funcionarios y los empleados públicos están al servicio del país. Todos los paraguayos tienen el derecho a ocupar funciones y empleos públicos. La ley reglamentará las distintas carreras en las cuales dichos funcionarios y empleados presten servicios, las que, sin perjuicio de otras, son la judicial, la docente, la diplomática y consular, la de investigación científica y tecnológica, la de servicio civil, la militar y la policial.
La Cámara de Senadores aprobó en general el proyecto de ley del servicio diplomático, consular y administrativo, y postergó para esta semana el tratamiento en particular, artículo por artículo.
Rechaza que una “claque” se instaló en las Relaciones Exteriores
Se refirió a las ideas de los proyectistas y sostuvo que no es que la cancillería se maneja con una “claque”. Defendió el proceso de selección y que existe igualdad de oportunidad para todos. “Si reúne los requisitos que se presente, hay jóvenes que se presentaron hasta 4 veces, para ingresar”.
Enfatiza lo importante que es el concurso de méritos a través de la Academia Diplomática y Consular. “Todos los que ingresaron al escalafón en mi época, tuvieron un riguroso control, nadie sabía si era liberal, colorado, católico o masón.
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La potestad del presidente de la república
Ahondando más sobre el funcionamiento de la composición de Relaciones Exteriores, Loizaga puntualizó sobre una ley donde se señala que el presidente de la República, tiene la potestad de nombrar a la mitad de los que formarán parte del servicio y la otra parte debe ser seleccionada de los que forman parte del escalafón diplomático.
El excanciller en el periodo 2.013-2.018 reconoce que hay ciertas necesidades, y el presidente puede elegir a personas que tengan la misma visión que el gobierno. Hay políticas de estado, y relaciones de confianza de la zona donde vaya el enviado, recalcó.
Considera que el “karaku” (el punto central) del problema, es que la parte consular habla que debe ser funcionario de carrera diplomática.
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Aclaró que lo que dice no es nada personal contra los proyectistas, y que también escuchó el reclamo del actual ministro Euclides Acevedo.
Por último, recomendó que el Ejecutivo debe acompañar más este proyecto. Recordó que él instaló la carrera administrativa y que se tuvo gente muy entusiasmada porque salía al exterior.
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