Arrúa considera que ministros de la Corte deben estar “a prueba” durante cinco años

La senadora Georgia Arrúa (PQ) consideró que no se debe derogar el artículo de la ley que reglamenta el funcionamiento de la Corte Suprema que establece que los ministros deben durar solo cinco años en sus funciones, pese a que la Constitución los habilita para que permanezcan hasta los 75 años de edad.

Georgia Arrúa, senadora.
Georgia Arrúa, senadora.

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“Yo no derogaría, a mí no me parece. Me parece que ese límite se puso para un periodo de prueba. Sí, hay una contradicción con un artículo de la Constitución (…) pero preferiría que estén cinco años a prueba y analizar si son buenos y si cumplieron lo que prometieron”, dijo Arrúa en conversación este lunes con ABC Cardinal 730 AM.

La senadora reconoció que “hay una contradicción” con un artículo de la Constitución, pero reclamó que todos los ministros que llegaron a la máxima instancia judicial dijeron que solo iban a quedarse cinco años, pero todos terminaron planteando una acción de inconstitucionalidad contra el artículo de la ley para declararse inamovibles.

“Lo que le importa al país es que haya una Corte Suprema que cumpla. ¿Por qué en su momento, cuando estaban concursando, ya no dijeron eso?”, añadió Arrúa, al tiempo de indicar que quienes dijeron que pretendían quedarse hasta los 75 años “por lo menos eran honestos intelectualmente”.

La semana pasada se conoció que los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes, Alberto Martínez y César Diesel fueron beneficiados con la inamovilidad; es decir, podrán permanecer en sus cargos hasta los 75 años.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia integrada por los ministros de Corte César Manuel Diesel Junghanns, Antonio Fretes y Luis María Benítez Riera hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por los ministros de la Corte Suprema de Justicia Eugenio Jiménez Rolón, Alberto Joaquín Martínez Simón y María Carolina Llanes Ocampos a través de la Sentencia Definitiva N° 671 del 25 de octubre de 2021.

Con idéntico argumento también fueron favorecidos con la inamovilidad los ministros de Corte César Manuel Diesel Junghanns y Manuel de Jesús Ramírez Candia, según se desprende de la Sentencia Definitiva N° 672 del 25 de octubre de 2021.

En este caso, la sentencia de la Sala Constitucional estuvo integrada por los ministros Antonio Fretes, Alberto Martínez Simón y Luis María Benítez Riera.

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