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El Decreto 6085 establece que se libera la anterior restricción de circulación, que era de 02:00 a 05:00.
Si bien los locales gastronómicos deberán mantener medidas de distanciamiento, no se establece horario de restricción para operar. En cuanto a los eventos sociales, se mantienen las mismas medidas: hasta 200 personas en lugares cerrados y hasta 350 invitados en lugares abiertos, siempre respetando el protocolo de uso de tapabocas, buena ventilación y otros.
En cuanto a eventos en residencias, se mantiene también el tope de hasta 25 personas. Se permiten también las pistas de baile únicamente al aire libre.
En cuanto a los cultos, también se mantienen las indicaciones de que sean con “presencia de hasta el cincuenta por ciento (50 %) de personas en aforo cerrado, con ventilación adecuada, con participantes sentados en asientos asignados y sin interacción entre sí”.