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El presidente del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP), Manuel Riera, confirmó que solicitaron a la máxima instancia judicial los documentos que sustentan que, al momento de autorizar las escuchas telefónicas, la jueza especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía no estaba al tanto de que Marciano Daniel Lobo Corbeta es un profesional del derecho.
Riera señaló que si la Corte emitió un comunicado a las 21:00 del miércoles, afirmando que no hay ninguna irregularidad, quiere decir que el plenario volvió a reunirse ese día, teniendo en cuenta que en la sesión ordinaria de esa mañana los ministros del máximo tribunal no tocaron el tema.
“Entre lo que contesta la Corte Suprema en su comunicado y lo que denuncia el colega hay una inconsistencia, pero no podemos probar que existe dicha inconsistencia porque no le dan los documentos respaldatorios al agraviado”, expresó Riera a nuestro diario.
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El titular del Colegio de Abogados agregó que según los documentos que le mostró el denunciante, el Ministerio Público ya estaba al tanto de que es abogado porque el profesional ya tenía intervención en el caso y aún así el Juzgado a cargo de la causa ordenó las escuchas telefónicas.
Riera considera que no hubo debido cuidado en la autorización para la escucha telefónica entre el abogado y su cliente, e indicó que sin los documentos que respalden el argumento del Poder Judicial, todo se basa en la palabra del abogado denunciante contra la versión del máximo tribunal.
Comunicado de la Corte
A primeras horas del miércoles último la CAP solicitó a la máxima instancia judicial, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior una investigación sobre las escuchas realizadas de las conversaciones telefónicas entre el jurista Lobo Corbeta y un representado.
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Alrededor de las 21:00 de ese mismo día el máximo tribunal emitió un comunicado, alegando que al momento de autorizar las escuchas telefónicas la jueza Rosarito Montanía “no tenía conocimiento de que existe una relación procesal entre ambas personas, porque de las conversaciones interceptadas no se constataba tal situación”, según resalta el comunicado divulgado por la Corte.