Cargando...
“Estamos trabajando en esa correcta identificación de los bienes. Es por ello, que aún no presentamos el pedido de comiso autónomo, pero de hecho que lo vamos hacer luego de cumplida esta etapa. Queremos presentar un buen trabajo y en ese sentido estamos esperando informes”, explicó Alcaraz.
La agente del Ministerio Público, refirió como ejemplo el caso de un vehículo que compró Messer, pero que aún no se transfirió a su nombre. “La empresa nos solicita que tengamos una orden judicial, para que el vehículo ya sea transferido a nombre de Senabico. Entonces tenemos que recurrir a un juez y una vez obtenida esa medida del Poder Judicial se va a poder realizar la transferencia”, añadió Alcaraz.
La fiscalía está esperando informes de los Registros Públicos y del Registro del Automotor. “Aguardamos documentos. Como te dije estamos en esa etapa de la identificación de los bienes y no es tarea fácil, pero de hecho lo hacemos”, acotó.
Por otro lado, reconoció que ya recibieron el informe de la Fiscalía del Brasil, en donde la misma reclama el 50 por ciento de los bienes que Messer tiene en Paraguay. “Efectivamente, ya recibimos eso documento y está agregado a la carpeta”, agregó la agente del Ministerio Público, quien insistió que pedirán comiso.
Cuando fue consultada si tiene una fecha estimativa, respondió que espera que sea a fin de año. “Impulsamos las diligencias para hace el pedido en el menor tiempo posible, pero hay que entender que la tarea no es fácil, porque al mismo tiempo atendemos varios otros casos”, añadió Alcaraz, quien recordó que junto a su colega Francisco Cabrera, participaron durante seis meses en el juicio oral y público a Oscar González Daher y su hijo, Rubén González Chaves, por declaración falsa, enriquecimiento y ilícito y lavado de dinero en el que ambos fueron condenados.
Alcaraz explicó que el comiso autónomo se puede presentar directamente contra los bienes de Messer, que actualmente están bajo administración de la Senabico.
“Vamos a presentar una acusación, que luego será debatida y la justicia definirá si ordena o no el comiso autónomo”, refirió.
Los bienes del doleiro cuentan con medidas cautelares, de manera que no se pueden enajenar, acotó.
Aclaró que la figura del comiso autónomo se puede aplicar en este caso, teniendo en cuenta que la justicia paraguaya declaró la rebeldía de Messer, en el proceso ue tiene en Paraguay.
“Estamos convencidos de que el Poder Judicial va a dar curso a nuestro pedido, pero insisto que estamos cuidando todos los detalles. La causa es compleja y el trabajo debe ser cuidadoso”, acotó.
Precedente
Los antecedentes revelan que Messer acordó con la justicia brasileña entregar sus bienes por 183 millones de dólares a cambio de cumplir una condena de 18 años y 9 meses de cárcel.El Auto Interlocutorio N° 2068 del 19 de diciembre de 2019, de la Sala Penal de la Corte, allana el camino para hacer lugar al comiso autónomo que va a plantear la fiscala Liliana Alcaraz sobre bienes de Darío Messer.
La resolución del alto tribunal fue firmado por los ministros Manuel Ramírez Candia (preopinante); Gladys Bareiro de Módica y Carolina Llanes.
La casación contra los fallos de primera y segunda instancia, dictados por una jueza y un Tribunal de Apelaciones de Ciudad del Este, fue prestando por el fiscal Hernán Galeano, cuando era de la Unidad Antilavado.
La acción promovió en caso del funcionario de Aduanas, Agustín Ramón Alegre, que falleció en un accidente de tránsito y en su auto se encontraron más de mil millones de guaraníes.
El fiscal dijo que el dinero sería producto de coima. Por otro lado, los familiares del fallecido no pudieron justificar el origen de la plata.
Los magistrados del Alto Paraná ordenaron que el dinero vaya a la sucesión. Sin embargo, la Sala Penal anuló las dos sentencias.
Si bien el comiso autónomo y la privación de beneficios y ganancias, está previstos como una consecuencia accesoria a la sanción, en los artículos 86 al 95 del Código Penal, el artículo del Código Penal legisla sobre los supuestos en que el comiso o privación de beneficios podrá resolverse de manera autónoma, constituyendo la excepción a la regla de la accesoriedad, que fue legislada, precisamente porque aunque no corresponda el proceso penal o la pena contra una determinada persona, por la muerte del imputado, como en este caso, o por prescripción como ejemplo de otro supuesto, el producto del hecho antijurídico realizado por esta persona, vale decir, los bienes que provienen del hecho antijurídico no pueden circular en el mercado, ya que su origen ilícito no crea derecho alguno para la persona que los obtuvo y mucho menos puede ser transmitido a sus herederos”, señaló la Corte.
Dicho en términos sencillos, el procedimiento penal no corresponde contra la persona porque ha fallecido y es precisamente en un caso como este que fue regulado el comiso autónomo, descrito en el artículo 96 inciso 2 del Código Penal, que posibilita al Estado, a través del Ministerio Público a llevar adelante esta medida, independientemente de la condena contra la persona, a condición que pueda ser establecido, según el procedimiento previsto en la ley 4573/13, una relación causal entre los objetos o bienes sujetos a comiso o privación de beneficios y la conducta antijurídica de la persona contra quien no puede seguirse un procedimiento penal ordinario, como en este caso, por fallecimiento de la misma”, añadió la Corte.
Dinero de Messer
La mayor parte del dinero que Darío Messer metió al Paraguay venía de paraísos fiscales ubicados en Europa e ingresaba hasta por vía del estatal Banco Nacional de Fomento (BNF), el banco que llegó a hacer un par de reportes de actividades sospechosas desoidos en su época por Seprelad.
Darío Messer, considerado “hermano del alma” del expresidente de la República, Horacio Cartes, construyó una red de lavado de dinero que logró blanquear en territorio paraguayo, posiblemente más de US$ 150 millones en bienes inmuebles, ganado, flota de vehículos, cuentas bancarias y en bolsa de valores. Esto es lo que se busca comisar.
Considerado como el “doleiro dos doleiros” por el Brasil, Messer fue condenado en Río de Janeiro por el juez Alexandre Libonati de Abreu a 13 años y 4 meses de prisión. Fue hallado culpable de lavado de activos, pero fue absuelto del delito de evasión de divisas, por ahora.