Piden rechazar recusación contra jueces del caso Cárdenas por “inconstitucional”

Los jueces Carlos Zárate Pastor y María Fernanda García de Zúñiga, presidente y miembro titular del Tribunal de Sentencia que debe realizar un nuevo juicio para aumentar la condena de 4 años de cárcel impuesta al extitular del Indert Justo Pastor Cárdenas Nunes, calificaron de inconstitucional la recusación planteada en contra de ellos por la fiscala del caso, Natalia Fúster.

María Fernanda García de Zúñiga y Juan Carlos Zárate Pastor, integrantes del Tribunal de Sentencia recusados por la fiscala Natalia Fúster.
María Fernanda García de Zúñiga y Juan Carlos Zárate Pastor, integrantes del Tribunal de Sentencia recusados por la fiscala Natalia Fúster.

Cargando...

El presidente del Tribunal de Sentencia, Juan Carlos Zárate Pastor, y la jueza María Fernanda García de Zúñiga (miembro titular) contestaron la recusación y pidieron que la Cámara de Apelaciones rechace el planteamiento de la fiscala de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, Natalia Fúster, quien argumentó supuesto odio y resentimiento de los magistrados hacia ella.

Los magistrados señalan que la agente fiscal recusante “fundamenta los agravios sobre manifestaciones vertidas en el ejercicio de nuestras funciones constitucionales, es decir, opiniones expuestas al momento de dictar sentencia en la causa N° 9.869/2017 RAÚL ANTONIO FERNÁNDEZ LIPPAMANN, ÓSCAR GONZÁLEZ DAHER Y OTROS S/ TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTROS”.

Al respecto agregan que el artículo 255 de la Constitución Nacional establece que ningún magistrado podrá ser acusado o interrogado judicialmente por las opiniones vertidas en el ejercicio de las funciones e indican que los agravios de Fúster se basan exclusivamente sobre opiniones subjetivas que al parecer de la agente del Ministerio Público “han generado odio y temor de imparcialidad de parte de este TRIBUNAL hacia su persona y que anteriormente no las avizoró al serle notificada de la integración del Tribunal Colegiado” (sic).

Los magistrados aseguran que las acusaciones de la fiscala Natalia Fúster no se ajustan a la verdad, pues en lo personal de los magistrados no aflora en sus sentimientos internos enemistad, odio o resentimiento contra la agente del Ministerio Público. Indican además que la pretensión de la recusante carece de fundamentación y argumentos serios.

“Al encontrarnos suficientemente seguros de que la imparcialidad e independencia que deben presidir nuestras actuaciones no han sido quebrantadas, ni habrán de alterarse, solicitamos se dicte resolución rechazando la presente recusación interpuesta por la señora agente fiscal Natalia Fúster Careaga, por su notoria improcedencia”, finaliza la contestación de los jueces de sentencia.

Argumentos de la recusación

En su escrito de recusación, Fúster expresó que la sociedad en su conjunto no entendió si el presidente del tribunal de sentencia del caso conocido como “audios filtrados”, Juan Carlos Zárate Pastor, actuó como juez o un defensor técnico más de los acusados, y recordó que no conforme con criticar su labor como agente fiscal, el magistrado evidencia evidenció su odio y enemistad al remitir al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados una denuncia en contra de ella y sus colegas.

En dicha causa, Zárate Pastor había votado en minoría por la absolución de culpa y reproche de los acusados, afirmando que el Ministerio Público no logró probar los hechos. Además, criticó el trabajo de la fiscala Natalia Fúster y sus colegas coadyuvantes Rodrigo Estigarribia y Sussy Riquelme.

“El Tribunal de Sentencia perdió toda credibilidad e imparcialidad al realizar su explicación oral en el juicio, el tribunal de mérito no tiene por qué cuestionar o enseñar cómo hacer su trabajo a la Fiscalía, su labor es valorar las pruebas y determinar la existencia o no de los hechos punibles atribuidos a los acusados”, resaltó Fúster en el escrito de recusación.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...