SET dice que cambios en las reglas del IVA solo se pueden hacer por ley

Según el viceministro de Tributación Oscar Orué para modificar las reglas del IVA solo se podrá hacer a través de una modificación de la ley, mientras que profesionales señalan que por decreto reglamentario será suficiente.

Profesionales debaten sobre modificaciones legales que se deberían hacer para incluir más gastos personales en la deducción del IVA crédito (Foto EFE)
Profesionales debaten sobre modificaciones legales que se deberían hacer para incluir más gastos personales en la deducción del IVA crédito (Foto EFE)Juan Ignacio Roncoroni

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Para el viceministro Orué las reglas de IVA están perfectamente determinadas en el Ley 125/91, y dejó en claro que no le parece correcto el planteamiento de algunos contadores de introducir cambios en la normativa a fin de que se permita incluir gastos personales a los efectos de deducir del impuesto a pagar al fisco. No obstante, indicó que si se aprueba alguna norma legislativa al respecto, no están ajenos a acatar lo dispuesto por las autoridades.

Por su parte el abogado tributarista y ex director de Grandes Contribuyentes Enrique Ramírez también se refirió al debate sobre gastos deducibles del IVA y añadió que a su parecer, las reglas actuales están determinadas de conformidad a lo establecido a la ley sobre la fuente generadora en este caso el contribuyente. Añadió que por más que nos parezca injusto, la Ley habla que solo se pueden descontar aquellos gastos relacionados al servicio que presta el contribuyente. Al igual que el viceministro Orué, Ramírez entiende que cualquier cambio en las reglas debe hacerse por Ley.

Presentan proyecto de ley

Al respecto, el diputado Hugo Ramírez (ANR-Capital), presentó ayer un proyecto de ley “Que amplía la Ley N° 6380/2019, De modernización y simplificación del Sistema Tributario Nacional”, específicamente, en lo relacionado al Impuesto al Valor Agregado IVA (Crédito en los Servicios Personales y Profesionales).

En esencia, la ampliación incluye un nuevo artículo que permite validar, en el momento de la liquidación del IVA, las facturas de supermercados, tiendas, restaurantes, y otros, cuyo uso sea destinado a alimentación, aseo personal, mantenimiento del hogar, medicamentos del contribuyente para su uso y el de su familia.

“Este proyecto de ley pretende la implementación de un sistema impositivo más equitativo, donde la corrección de esta medida significará un acto de justicia, y por sobre todo, un alivio para la clase media trabajadora”, dice parte del escrito de presentación.

Decreto será suficiente

Por otra parte, otros profesionales como la Lic Alba Talavera del Colegio de Contadores del Paraguay (CCP) y el Lic Angel De Vaca Pavón, decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la UCA, coinciden en que cualquier cambio a las reglas de las deducciones podrían establecerse por decreto. Ya que la ley de manera genérica establece los límites, pero a través del decreto se establecieron los aspectos normativos que son de carácter administrativo, o sea de manera más específica.

Cabe señalar que desde el próximo año rige la obligatoriedad del registro de comprobantes para contribuyentes del IVA, IRE Simple e IRP, que dará a la SET herramientas de control para verificar el cumplimiento correcto de las deducciones, de ahí el debate sobre la necesidad de hacer cambios en las reglas del IVA que rigen desde hace 30 años. Esto a fin de incluir gastos personales como alimentación, aseo y otros que hacen a la necesidad del profesional.

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