Tribunal solicita antecedentes de laudo arbitral que condenó al Estado

El Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, sexta sala, solicitó al Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay (CAMP) los antecedentes del laudo arbitral que condenó al Estado a pagar unos US$ 10 millones a la firma EDB Construcciones, por supuestos sobrecostos de obras realizadas en el año 1997.

Osvaldo González Ferreira.
Osvaldo González Ferreira, miembro del Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, sexta sala.Archivo, ABC Color

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Una vez que reciba los antecedentes requeridos, los magistrados Osvaldo González, Enrique Mercado y Mirta Ozuna de Cazal deberán iniciar el estudio del recurso de nulidad promovido por la Procuraduría General de la República contra el Laudo Arbitral N° 1, del 5 de julio pasado.

A través del referido laudo, los abogados Andrés Nissen y Julio Giménez Balbiani condenaron al Estado paraguayo a pagar a EDB Construcciones las sumas de G. 17.176.949.738 y US$ 7.523.683,08, más los intereses a una tasa del 0,60% mensuales para la condena en guaraníes y al 0,18% mensual para la condena en dólares a computarse a partir del 18 de enero del 2011.

La decisión favorece a la firma EDB Construcciones, propiedad del Ing. Enrique Díaz Benza, el exsuegro del presidente de la República Mario Abdo Benítez.

Voto en disidencia

El tercer integrante del Tribunal Arbitral, el abogado Pío Galeano Ríos, votó en disidencia tras argumentar que la parte que promovió el reclamo, Consorcio Asunción -integrado en su inicio con las firmas IVAI Engenharia de Obras SA y Enrique Díaz Benza Construcciones)- carecía de legitimación activa pues se había desintegrado.

“No existe legitimación activa por parte de la actora, debido principalmente a que no se le puede atribuir personería a quien carece de personalidad jurídica. Es decir, al denominado “Consorcio Asunción”, explicó Galeano.

Este es precisamente uno de los argumentos esgrimidos por el procurador general Juan Rafael Caballero y los procuradores delegados Vicente Daniel Rodríguez y Nery Walter Fleitas para plantear la nulidad de del laudo.

Además de la situación irregular del Consorcio reclamante -que ni siquiera existía- la Procuraduría afirma que la acción se presentó cuando estaba prescripto el derecho de accionar. Asimismo, se advierte que el Tribunal Arbitral era incompetente para atender el caso pues la parte accionante eludió dos instancias previas y como si fuera poco, uno de los votos que integró la mayoría, el de Andrés Nissen, no está fundamentado.

Contrato con el MOPC es de 1997

El 28 de mayo de 1997 el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) firmó un contrato el Consorcio Asunción para realizar la rehabilitación de la circunvalación de Asunción, tramo: 4 Mojones – Defensores del Chaco – Avda. Madame Lynch – Empalme Ruta 9. El valor original del contrato firmado fue de G. 57.332.117.000 más USD. 19.087.711, pero según afirma la parte demandante el costo final de la misma trepó a Gs. 89.281.215.552 (56%) y USD. 28.426.843 (49%).

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