Ni en el Mades existe reglamentación para certificar los recursos hídricos

La jueza de Caacupé Verónica Almirón estableció la cota de 63,5 msnm para la medición de 50 metros de franja de protección del lago Ypacaraí. Sin embargo, ese valor no está determinado en ley ni ordenanza alguna. En el Mades no existe aún reglamentación para certificar los recursos hídricos.

Vista actual del lago Ypacaraí y las casas ubicadas casi en su lecho en la zona conocida como Curva Argaña, compañía Ciervo Cua.
Vista actual del lago Ypacaraí y las casas ubicadas casi en su lecho en la zona conocida como Curva Argaña, compañía Ciervo Cua.

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La sentencia de la jueza en lo civil y comercial de Caacupé Verónica Almirón de Alfonso de ordenar la demolición de una casa en San Bernardino, además de entremeterse en el ámbito municipal, violar el derecho a la propiedad privada y dejar un peligroso precedente, es realmente inédita. Es que la magistrada estableció cincuenta metros como franja de protección del lago Ypacaraí tomando como referencia la cota de 63,5 metros sobre el nivel del mar (msnm) para su medición.

Verónica Almirón, jueza de Caacupé que ordenó el derribo de una casa en construcción en un periodo de treinta días.
Verónica Almirón, jueza de Caacupé que ordenó el derribo de una casa en construcción en un periodo de treinta días.

La cota promedio del lago utilizada, sin embargo, no figura en ley ni ordenanza municipal de la Comuna de San Bernardino. Es más, ni está determinada en el Plan de Manejo para la Reserva de Recursos Manejados del Lago Ypacaraí, aprobado en 2018 por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), confirmó días atrás el director de Recursos Hídricos de esa institución, David Fariña.

Más llamativo aun es que en el Mades tampoco están reglamentados los artículos de la Ley Nº 3001/06 “De valoración y retribución de los Servicios Ambientales” que hacen referencia a los recursos hídricos. Es decir, aún no están establecidos los requisitos y mecanismos para certificar áreas hídricas, con la respectiva franja de protección.

La encargada de Servicios Ambientales del Mades, Catherine Alonso, señaló que a nivel país actualmente solo tres modalidades de servicios ambientales tienen la reglamentación correspondiente para la certificación de áreas. Se trata de bosques naturales, pastizales y belleza escénica, detalló.

Señaló que recién está en proceso de análisis la reglamentación de la modalidad de recursos hídricos, en la cual también está incluido el Lago Ypacaraí. Expresó que para agregar un servicio ambiental se realiza un estudio técnico previo en el que debe establecerse la franja de protección y demás requisitos.

Demanda de vecinos

La jueza Almirón ordenó el derribo de la casa construida por Francisco Benavente en San Ber al dar lugar a un interdicto de obra nueva presentado por los vecinos colindantes. Se trata de Carlos Palacios, abogado del expresidente Horacio Cartes y exasociado del ministro de la Corte Alberto Martínez Simón, y el ciudadano alemán Erhart Härtl.

Los vecinos argumentaron que Benavente no respetó la franja de protección del lago, “obstruyendo la visual del espejo de agua y la Cordillera de los Altos. Además de romper con la armonía urbanística de la zona”.

¿Qué son los servicios ambientales?

Los servicios ambientales son aquellos beneficios que proveen los ecosistemas a las personas, para que estas a su vez hagan uso de ellos con el fin de mejorar su calidad de vida.

El objetivo de la Ley 3001/06 de “Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales” es propiciar la conservación, la protección, la recuperación y el desarrollo sustentable de la diversidad biológica y de los recursos naturales del país, a través de la valoración y retribución justa, oportuna y adecuada de los servicios ambientales.

A nivel país, el Mades es la institución encargada de certificar las áreas.

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