Sepa cómo denunciar discriminación laboral por Informconf

Las empresas que consulten los antecedentes financieros de los postulantes a un empleo serán multadas, de acuerdo a lo que establece la Ley de Protección de Datos Personales Crediticios, conocida como Ley Informconf, que será promulgada tras la sanción de la Cámara de Diputados. Los afectados pueden acceder a los registros de consultas a su expediente y hacer la denuncia ante la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco).

Antes de la pandemia, el Ministerio de Trabajo organizaba constantemente ferias de empleo.
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La nueva ley reconoce la discriminación a una persona que no es contratada por tener deudas con entidades financieras y, además, establece multas. El especialista en empleo y exdirector de Empleo del Ministerio de Trabajo, Enrique López Arce, sostuvo que esta discriminación es inconstitucional, pero hasta ahora no había una legislación que castigue a las empresas que incurren en esta violación.

Cuando se promulgue, todo empleado discriminado por figurar en la base de datos de Informconf, firma privada que recopila y ofrece a distintas entidades información financieras de los ciudadanos, puede denunciar a la empresa ante la Sedeco. La Secretaría de Defensa del Consumidor es la institución encargada de aplicar las multas según establece la nueva ley, indicó a ABC López Arce.

En ese sentido, contó que la firma Informconf, propiedad del grupo Equifax, tiene los registros de las consultas de los expedientes. Cualquier persona que se sienta afectada puede acceder a su legajo en Informconf y ver quiénes accedieron a él, hasta con la discriminación del día y la hora.

Si aparece la consulta hecha por una empresa en donde el afectado envió su currículum, ese extracto es suficiente para la denuncia y para que la Sedeco luego sancione a la firma por discriminación, detalló Enrique López Arce. Las multas son de hasta 1.500 jornales mínimos, lo que actualmente representa G. 126.510.000.

Para poder ver el expediente individual, cualquier persona puede concurrir con las oficinas de Informconf (Equifax) o a una boca de Aquí Pago en donde también se puede hacer el trámite solo con una copia de cédula de identidad.

Veto y promulgación

Durante la sesión ordinaria de este miércoles, la Cámara de Diputados rechazó la objeción parcial del presidente de la República, al proyecto de ley Nº 6534/2020 “de protección de datos personales crediticios, en sus artículos 9, 17, 19, y 30”. El texto vuelve al Ejecutivo para su promulgación.

Lea más: Diputados rechazó el veto parcial a la ley de Informconf

Entre las consideraciones planteadas por el Poder Ejecutivo mencionaron que los artículos 9, 17,19 y 30 deben ser objetados porque la conservación de los datos del titular (persona física o jurídica, cuyos datos son objeto de tratamiento) es esencia y sirve de base al sistema financiero –y en general a todos los proveedores de bienes y servicios sujetos a financiación– para determinar el riesgo de cada sujeto de crédito.

Sin embargo, los legisladores sostuvieron que la promulgación y la reglamentación del citado proyecto de ley se prohibirá utilizar o proveer a terceros, datos crediticios de las personas como referencia para el acceso al empleo, promoción, traslado o despido de personal.

Las modificaciones a la ley Nº 6534/2020 fueron planteadas por los senadores Tony Apuril y Patrick Kemper y fue sancionado por el Congreso el 28 de abril pasado. El objetivo principal del proyecto es precautelar el derecho al trabajo y a percibir ingresos de todas las personas, quienes muchas veces se ven afectadas por la discriminación al figurar en dicho registro con la excusa de ser “poco confiables”, por tener antecedentes crediticios negativos.

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