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La bailarina, profesora de danza y coreógrafa Bertha Acosta falleció en noviembre de 2014 cuando fue al sanatorio La Costa, propiedad de la empresa Sanatorio San Roque SRL, tras haber sufrido un desprendimiento de placenta, lo que generó no solo su deceso sino también del bebé en su vientre, el que iba a ser su quinto hijo.
A raíz de esto, su hermano Gerardo entabló un juicio en lo civil en contra del sanatorio San Roque. Ayer se conoció que un fallo dictado por el juez en lo civil Helmut Fortlage establece que la empresa debe indemnizar a César Martínez Britos, esposo de la fallecida, con G. 693.300.000 (G. 500 millones por daño moral; G. 6.500.000 por daño emergente, G. 186.800.000 por pérdida de chance), más el 1% mensual desde la fecha en que se produjo el deceso: el 21 noviembre de 2014.
Gerardo Acosta conversó este miércoles con ABC y explicó que la suma total asciende a unos G. 750 millones. Sin embargo, aseguró que el dinero no es lo central dentro del proceso, sino haber demostrado primero la negligencia en la actuación de los médicos que trataron a su hermana y luego la responsabilidad civil de la empresa, que argumentó que prestó todos los elementos necesarios a sus funcionarios, derivando la responsabilidad a los doctores y enfermeras implicados en el procedimiento.
La señora Acosta ingresó al sanatorio a las 12:43 del 21 de noviembre por un cuadro de presión alta, que derivó en un desprendimiento de placenta. Su hermano dijo que lo más grave fue la demora en hacer la cesárea en horas de la noche, que recién se le practicó a las 20:25, cuando el desprendimiento fue unos 45 minutos antes. Se confirmó durante el juicio que ese fue un tiempo precioso para haber podido salvar la vida de la mujer.
“Terminó desangrándose mi hermana. Ellos se escudaron en el hecho de que supuestamente no podrían hacer la cesárea porque no estaba el ginecólogo. Hubo pérdida de tiempo en momentos en donde se necesitaba reacción inmediata. Esa pérdida de chance es lo que genera este desenlace”, dijo el hermano de la víctima y abogado del viudo.
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La empresa quiso deslindar responsabilidades al asegurar que los médicos tienen un contrato y que solo usan las instalaciones del hospital para prestar servicios. Sin embargo, el abogado dijo que con la sentencia se confirmó que sí existe una relación de subordinación.
“Decidimos no ir por lo penal. Creemos que ningún médico se levanta dentro del día para cometer este tipo de hechos. El objetivo era demostrar una negligencia. Compromete la responsabilidad de la empresa. Consideramos no apelar, porque nos consideramos satisfechos. No compensa el dolor que se generó hace tiempo, pero de alguna manera compensará el hecho de que alguien aportaba y dejó de estar ahí. No hay suma de dinero que pueda compensar el dolor que se siente”, concluyó.
Nosocomio pidió rechazo de la acción
La abogada Claudia Espínola Zárate, en representación del sanatorio San Roque, solicitó el rechazo de la demanda, tras sostener que su mandante “cumplió con todas las obligaciones a su cargo, poniendo a disposición de la Sra. Bertha Acosta Pérez y de los médicos que indicaron dichos estudios todos los recursos necesarios para la realización de los mismos”.
Asimismo, el sanatorio pretendió derivar la responsabilidad de la actuación de los médicos a su cargo a la supuesta falta de indicaciones del médico tratante de la paciente, un profesional que no integra el staff del sanatorio ni tampoco se encontraba en el local, sino que llegó posteriormente.