Usuarios de la ANDE pueden consultar online si reúnen requisitos para exoneración

La ANDE ya cuenta con un servicio online para consultar si el promedio de consumo del último año de un usuario se ajusta a la exoneración de las facturas de luz de abril, mayo y junio, de acuerdo a reglamentación de la ley de emergencia por la epidemia del COVID-19. Por ejemplo, el beneficio en la tarifa residencial es para aquellos que tengan un consumo de energía activa de hasta G. 220.000.

Este es un ejemplo de un usuario que tiene un promedio de 142 kWh al mes y puede acogerse al beneficio.
Este es un ejemplo de un usuario que tiene un promedio de 142 kWh al mes y puede acogerse al beneficio.

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En la pestaña de servicios de la página web www.ande.gov.py se encuentra disponible una herramienta de cálculo que permite al usuario verificar si reúne las condiciones para la exoneración del pago de las próximas facturas de abril, mayo y junio. Se ingresa el número de NIS y la aplicación web calcula automáticamente el suministro promedio e informa si cumple con los requisitos del Decreto Presidencial N° 3.506/20.

Se puede consultar en el siguiente enlace: Consulta de Exoneración según Ley 6524/2020

Para poder acogerse al beneficio, los promedios de consumo de energía entre marzo de 2019 y febrero de 2020 no deben superar los 500 kWh al mes. Igualmente, la factura no será exonerada si en abril, mayo y junio la facturación del consumo supera los 500 kWh, de acuerdo al decreto.

Para tener una idea, en la tarifa residencial el precio del kWh es de G. 444,202 (IVA incluido) en el rango 301-500 kWh al mes. El consumo de energía activa de 500 kWh se factura en G. 222.101 (IVA incluido) sin tener en cuenta otros importes como el alumbrado público.

El beneficio es para todos los usuarios del servicio de energía eléctrica conectados en Baja Tensión y para las Mipymes (independientemente del nivel de tensión), pero que estén debidamente certificadas por el Ministerio de Industria y Comercio.

Essap

El Decreto Presidencial N° 3.506/20 establece que los usuarios del servicio de agua corriente conectados a la red de la Essap deben tener en el último año un promedio de consumo de agua que no supere los G. 50.000 al mes para acogerse al beneficio. Al igual que la ANDE, se exonerará el pago de las facturas emitidas en los meses de abril, mayo y junio, siempre y cuando se encuentren en el límite señalado.

Desde la página web de la Essap se puede acceder al historial de consumo con el número de ISSAN y cada usuario puede sumar el monto de las últimas doce facturas y dividir para calcular el promedio entre marzo de 2019 y febrero de 2020.

Se puede acceder en el siguiente enlace: Centro de información del cliente

No obstante, el servicio es limitado, pues restringe el acceso a los datos en caso de que el usuario tenga que actualizar la información del titular.

Ley de emergencia

La exoneración de los srvicios de la ANDE, Essap y también Copaco, son parte de un paquete de medidas económicas establecidas en la Ley de Emergencia promulgada el jueves pasado por el presidente Mario Abdo Benítez. Es para tratar de paliar las consecuencias económicas por el paro del comercio y otras actividades laborales debido al aislamiento social ordenado por el Gobierno con el objetivo de frenar la propagación del coronavirus disease 2019 (COVID-19).

La norma también contempla medidas administrativas, fiscales y financieras. Se autoriza al Ejecutivo hacer un préstamo de hasta US$ 1.600 millones para enfrentar la crisis y US$ 530 millones se destinarán a fortalecer el sistema de salud.

Lea más: Ejecutivo promulga ley de emergencia sanitaria y deberá invertir U$S 530 millones para salud

Ayer se confirmaron ocho nuevos casos positivos de coronavirus, totalizando 77 desde el ingreso de la enfermedad a nuestro país, el pasado 7 de marzo. La cifra de internados ascendió a cinco y de muertos permanece invariable en tres. Además se registra un segundo recuperado.

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