Defensores públicos tendrán mayores atribuciones para la protección de menores en estado de vulnerabilidad

La nueva ley de promoción y protección de niños, niñas y adolescentes – que la semana que viene será promulgada por el Poder Ejecutivo – dará mayores facultades a los defensores públicos para actuar con celeridad en casos de menores en estado de vulnerabilidad. Esta disposición permitirá que la Defensa Pública intervenga en los casos sin la necesidad de la presencia de agentes del Ministerio Público.

María Lorena Segovia – defensora general.
María Lorena Segovia – defensora general.ABC TV

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Los defensores públicos podrán disponer de medidas de urgencia sin necesidad de la intervención del Ministerio Público en casos de niños, niñas o adolescentes en situación de vulnerabilidad, según la nueva normativa que promulgará la Presidencia de la República.

María Lorena Segovia – defensora general – explicó que conforme a la nueva ley se conformará un equipo técnico compuesto por un defensor público, un psicólogo y un trabajador social quienes tendrán a su cargo ordenar las medidas de urgencias que se requieran para dar protección integral a los menores de edad. “Nos otorga nuevas atribuciones, nuevas facultades. Una de ellas es la disponer medidas de urgencia con la obligación de comunicar a un juez en un plazo de 24 horas”, señaló.

Esta atribución permitirá que los defensores adopten las medidas que consideren pertinentes en salvaguarda de los niños, niñas o adolescentes, según resaltó.

Uno de los obstáculos para el cumplimiento de las disposiciones de la normativa es la falta de equipos técnicos que puedan intervenir en los diversos casos. “Los procesos se paralizan porque no se hacen los estudios técnicos, socioambientales que nos permitan identificar si el niño puede volver a su familia ampliada o si se puede declarar en estado de adaptabilidad”, mencionó.

Actualmente se cuenta solo con dos equipos y se precisa de al menos 36 para dar cobertura a todo el país. Para ello se necesitará un mayor presupuesto para la institución. Al respecto, la Segovia indicó que trabajarán con las demás instituciones para concretar estrategias que le permitan acceder a mayores recursos.

El Estado tiene bajo acogida a 1.100 menores. La proyección del Ministerio de la Defensa Pública es que en el primer semestre al menos 112 niños encuentren un nueva familia adoptiva.

En diciembre pasado, el Congreso aprobó la ley “de promoción y protección del derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir en familia, que regula las medidas de cuidados alternativos y la adopción”. Entre las innovaciones ley, que además modifica artículos del Código de la Niñez y Adolescencia, está la posibilidad de que las familias acogedoras puedan adoptar, algo prohibido en la actual normativa.

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También establece un subsidio estatal a las familias acogedoras, plazos para las decisiones administrativas y judiciales para evitar la mora y la participación del niño en las audiencias. Esto es para que el juzgado verifique si el Centro de Adopciones tuvo en cuenta la opinión del niño, “según su madurez, para seleccionar al o a los postulantes” a la adopción y verificar si hubo o no consentimiento del niño a partir de los ocho años de edad. La ley sancionada se aplica al niño, niña o adolescente separado de su familia o en riesgo de serlo.

También pretende mejorar los cuidados alternativos al niño separado de su familia. Permite en forma excepcional la adopción internacional. Su finalidad es garantizar el derecho del niño a vivir en un entorno familiar, según el texto de la nueva legislación.

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